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El jueves de la semana pasada la Asamblea del Ecuador, finalizó el primer debate del Código Orgánico del Ambiente. Las intervenciones de los asambleístas sobre el tema con diferentes matices iban desde lo entusiasta y sentimental hasta lo académico y jurídico, sin faltar quien, probablemente para llamar la atención, conociendo nuestra proverbial inclinación por la exageración, decía: que hasta un salivazo causaba impacto ambiental. Probablemente esto es así, pero poco inclinado como soy para la polémica me parece urgente la socialización del Proyecto de Código, de acuerdo con el art. 71 de nuestra Constitución. Y para acercarse a este objetivo se requiere una propuesta ordenada de normas técnicas sistematizada y congruente con los principios jurídicos, de un texto poco voluminoso y comprensible para todos nuestros estratos sociales que sirva como una herramienta eficaz para administrar nuestros recursos naturales renovables (RNR) y mantenimiento del equilibrio ambiental.
Como antecedente para encontrar criterios prácticos para revertir los problemas ambientales tenemos el Informe Brundtland ‘Nuestro Futuro Común’ (nombre original), presentado en 1987 por la Comisión Mundial para el Medio Ambiente y el Desarrollo de la ONU, trabajo en el cual, analizando la situación del mundo en ese momento, demostró que el camino tomado por la sociedad global estaba destruyendo el ambiente por un lado y dejando cada vez más gente en la pobreza.
Dicho documento estableció que la protección ambiental había dejado de ser una tarea nacional o regional para convertirse en un problema global. Todo el planeta debía trabajar para revertir la degradación actual. Planteando el desarrollo sostenible como el primer intento de eliminar la confrontación entre desarrollo y sostenibilidad.
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Cumbre de la Tierra 1992) realizada en Río de Janeiro, Brasil, rescatando el concepto de desarrollo sostenible como “la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”, estableció la necesidad de una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores clave de las sociedades y las personas. Los líderes mundiales adoptaron el plan conocido como Agenda 21, un ambicioso programa de acción para el desarrollo sostenible global. Sus áreas de actuación eran básicamente la lucha contra el cambio climático, la protección de la biodiversidad y la eliminación de las sustancias tóxicas emitidas. Entró en vigor en 1994, después de haber recibido el número necesario de ratificaciones.
El límite para la utilización de los RNR, es el Umbral de Resiliencia, indicador del máximo que puede soportar alteraciones un ecosistema sin desequilibrarse, lo cual está relacionado con su capacidad de carga ecológica, determinada por la población de una especie que pueda soportar un hábitat. Conocimiento obtenido por la investigación científica y refrendada por la experiencia. (O)