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El terrorismo se sanciona con prisión de 10 a 13 años en Ecuador

Conozca la pena para quienes comenten actos de terrorismo en Ecuador, tras los hechos de violencia suscitados durante los primeros días de enero de 2024.
Conozca la pena para quienes comenten actos de terrorismo en Ecuador, tras los hechos de violencia suscitados durante los primeros días de enero de 2024.
Foto: Fiscalía
11 de enero de 2024 - 12:08 - Redacción Web

Tras los hechos de violencia que se han registrado en los últimos días en Ecuador, un término ha tomado fuerza: terrorismo. De hecho, varias personas, vinculadas a estos actos de violencia, han sido procesados por terrorismo. 

Este jueves, 11 de enero de 2024, un juez de Esmeraldas dictó prisión preventiva para tres personas -incluido un adolescente- por presunta participación en terrorismo. Ellos habrían incendiado un vehículo en Atacames (Esmeraldas). En su poder tenían material inflamable y un radio de comunicación. 

Lo propio hizo un juez de Tungurahua, quien dictó prisión preventiva a 15 integrantes de una organización delictiva por el delito de terrorismo. Ellos habrían atentado contra los servidores policiales y guías penitenciarios en el Centro de Rehabilitación Social de Ambato. 

A estos dos se suma el proceso en contra de 13 personas -incluidos dos adolescentes- por la irrupción violenta en TC Televisión. Ellos fueron acusados de terrorismo por lass agresiones y amenazas al equipo periodístico y técnico en las instalaciones del canal, en Guayaquil. Se les dictó prisión preventiva. 

Pero, ¿a qué se conoce como terrorismo y cómo se sanciona en Ecuador? 

En el artículo 366 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se explica que el terrorismo se da cuando una persona o grupo de ellas provoque o mantenga en estado de terror a la población o un sector de ella, “mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o pongan en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte, valiéndose de medios capaces de causar estragos”. Quien incurra en esto será sancionado con prisión de 10 a 13 años. 

En la norma además se colocan casos en los que se determina como terrorismo 

1.Quien se apodere o derribe, destruya o cause daños en el sistema de transporte terrestre, aéreo o marino; ya sea con el uso de artefactos o sustancias que cause daño en el mismo o vía tecnológica, violencia, amenazas o intimidación. 

2.Quien destruya edificación pública o privada, plataforma fija marina, instalaciones de áreas estratégicas, servicios básicos esenciales, así como de las instalaciones o servicios de transportación terrestre, navegación aérea o marítima, si tales actos, por su naturaleza, constituyen un peligro para la seguridad de la transportación terrestre, de las aeronaves o naves, como de la seguridad de las plataformas y demás edificaciones

3.Quien comunique, difunda o transmita informes falsos poniendo con ello en peligro la seguridad de un transporte terrestre, de una nave o aeronave.

4.Quien irrumpa los locales oficiales, la residencia particular o los medios de transporte de las personas internacionalmente protegidas

5.Quien  hurte, robe, malverse, obtenga mediante fraude o extraiga mediante amenazas, uso de la violencia o intimidación materiales nucleares.

6.Quien entregue, coloque, arroje o detone un artefacto o sustancia explosiva u otro artefacto mortífero en o contra un lugar de uso público, una instalación pública o de gobierno, una red de transporte público o una instalación de infraestructura, con el propósito de causar la muerte o graves lesiones corporales a las personas o con el fin de causar una destrucción material significativa; entre otros. 

Si estos actos producen la muerte de uno o varias personas, la pena sube, es decir, será sancionada de 22 a 26 años de prisión

Presidente Noboa declaró como terroristas a 22 grupos de delincuencia organizada

El presidente Daniel Noboa declaró a 22 grupos de delincuencia organizada como terroristas. En ese marco, dispuso que las Fuerzas Armadas ejecuten operaciones militares para neutralizarlos, según el Decreto Ejecutivo 111. 

En ese marco se reconoció la existencia de un conflicto armado interno en el país; se dispuso la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y de la Policía en el territorio nacional; identificar a los 22 grupos como terroristas y actores no estatales beligerantes: Águilas, ÁguilasKiller, Ak47, Caballeros Oscuros, ChoneKiller, Choneros, Corvicheros, Cuartel de las Feas, Cubanos, Fatales, Gánster, Kater Piler, Lagartos, Latin Kings, Lobos, Los p.27, Los Tiburones, Mafia 18, Mafia Trébol, Patrones, R7, Tiguerones.

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