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El Telégrafo
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Reconstrucción de siniestro de tránsito se realizó en la vía a Guayllabamba

La reconstrucción de los hechos se realizó el 16 de junio, en la Panamericana Norte, dentro del proceso de instrucción fiscal que se sigue contra el conductor por presunta muerte culposa de tres ciudadanos.
La reconstrucción de los hechos se realizó el 16 de junio, en la Panamericana Norte, dentro del proceso de instrucción fiscal que se sigue contra el conductor por presunta muerte culposa de tres ciudadanos.
Foto: Abogado Carlos Quinchuela
16 de junio de 2023 - 19:57 - Redacción Web

Miembros de la Fiscalía, en cooperación con peritos del Servicio de Investigaciones de Accidentes de Tránsito (SIAT) realizaron la reconstrucción de los hechos del siniestro de tránsito que ocurrió en la vía a Guayllabamba. El suceso ocurrió el pasado 27 de mayo, cuando un tráiler perdió los frenos y chocó contra 23 autos.

La reconstrucción de los hechos se realizó el 16 de junio, en la Panamericana Norte. Esto dentro del proceso de instrucción fiscal que se sigue contra el conductor por presunta muerte culposa de tres ciudadanos. En el hecho, además, 16 personas resultaron heridas.

Las pericias tomaron al rededor de tres horas y media, a decir del abogado Carlos Quinchuela, defensor de uno de los heridos. El especialista en tránsito detalló que el procedimiento contó con equipos tecnológicos como drones, además de la presencia de más de una docena de servidores policiales y agentes de la Agencia Metropolitana de Tránsito; estos últimos coordinaron el cierre vial necesario para la reconstrucción de hechos.

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El delito de muerte culposa está tipificado en el artículo 377 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que señala: “La persona que ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas por infringir un deber objetivo de cuidado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años, suspensión de la licencia de conducir por seis meses una vez cumplida la pena privativa de libertad”.

Al respecto, el abogado Daniel Andrés Pérez explica que en tránsito “todos los delitos son culposos. Aquí no hay dolo, que es la voluntad de cometer un acto ilícito o la voluntad de hacer daño. Aquí no existe esa voluntad porque es un accidente y por lo mismo se entiende como culpa”.

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