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Proyección de gastos personales debe presentarse este mes

Proyección de gastos personales debe presentarse este mes
SRI
18 de enero de 2021 - 19:12 - Redacción Actualidad

Los trabajadores en relación de dependencia tienen hasta el 31 de enero para presentar la Proyección de Gastos Personales de este 2021. Estos servirán para deducirlos de sus ingresos y así pagar un valor menor del Impuesto a la Renta. Deben cumplir con esta obligación quienes perciben ingresos anuales superiores a USD 11.212.

Para que sean deducibles, los gastos personales deben estar sustentados en comprobantes de venta emitidos a nombre del contribuyente, sus padres, cónyuge, pareja en unión libre o hijos que dependan de él. El total de deducción será de hasta el 50 por ciento de los ingresos gravados sin que superen los USD 14.575,60 para el continente y USD 26.280,93 para Galápagos.
Son deducibles los siguientes rubros: Vivienda: Hasta USD 3.643,90. Incluyen cánones de arriendo, préstamo hipotecario, servicios básicos e Impuesto predial.

Educación: hasta USD 3.643,90. Se puede agregar valores por concepto de: matriculación y pensiones, útiles y uniformes, equipos de computación, libros virtuales y gastos de formación, instrucción y consumo dentro del arte y la cultura.

Alimentación: también se puede deducir hasta USD 3.643,90 por la compra de alimentos para el consumo diario y facturas de consumo en restaurantes. Vestimenta: hasta USD 3.643,90 por la adquisición de prendas de vestir.

Turismo interno: Hasta USD 3.643,90. Un rubro contemplado en la Ley Humanitaria para los años 2020 y 2021 por la emergencia sanitaria. Contempla: alojamiento, transporte, eventos, entrada a parques y alimentación.

Finalmente salud: Es la única categoría en la que se puede deducir hasta 1,3 veces de la fracción básica desgravada, es decir USD 14.575,60. En ella se pueden incluir los gastos por: honorarios profesionales, servicios de salud, medicinas, deducibles del seguro privado y los insumos de bioseguridad.

Y ¿qué no se puede deducir? El experto materia tributaria, Napoléon Santamaría, explicó que todo aquello que esté por fuera de estos parámetros, por ejemplo, licores, perfumes, celulares, etc. El formulario está disponible en la página web del Servicio de Rentas Internas y debe entregarse a los empleadores para que puedan hacer la retención mensual del Impuesto a la Renta. 

https://www.sri.gob.ec/web/guest/home

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