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Consulta: seis preguntas a las urnas y cuatro requieren nuevo control

Otras cuatro preguntas van por enmienda, pero tendrán que pasar por un segundo dictamen de constitucionalidad.
Otras cuatro preguntas van por enmienda, pero tendrán que pasar por un segundo dictamen de constitucionalidad.
Foto: Archivo web
26 de enero de 2024 - 10:23 - Redacción Web

La Corte Constitucional (CC) se pronunció sobre los paquetes de preguntas enviadas por el Ejecutivo para su consulta popular. Este 26 de enero de 2024, esa entidad informó que hay luz verde para que seis interrogantes se traten por consulta y otras cuatro mediante enmienda.

En este punto, la situación parecería confusa. Pero, lo primero que hay que tomar en cuenta es que todas las preguntas irán en un mismo proceso electoral.

La Constitución establece diferentes mecanismos para los cambios que plantea el Gobierno y de eso se trata el pronunciamiento emitido este 26 de enero por la Corte.

La CC debía emitir dictámenes respecto a la vía que procede para cada pregunta. La experta en Derecho Constitucional, Ximena Ron, señala que se separó la decisión entre las preguntas que deben plantearse mediante consulta popular vía referéndum legal. Esto significa que las modificaciones no implican reformas a la Constitución.

La otra vía es el referéndum constitucional. Para que este grupo de preguntas se concrete es necesario cambiar artículos de la Constitución y, en este caso, la Corte determinó que cuatro interrogantes del cuestionario deben tramitarse vía enmienda.

La diferencia entre ambos grupos de preguntas es que el segundo tiene un paso adicional. La Corte tendrá que realizar un segundo control de constitucionalidad, antes de que los ciudadanos acudan a las urnas.

El objetivo es evaluar el contenido de los considerandos, preguntas y anexos propuestos. Esto“con miras a garantizar que estos sean leales y claros para que la ciudadanía pueda expresarse libremente en las urnas”, según lo señaló la CC en un comunicado.

Aquí las preguntas que tiene que ver con reformas legales:

  • ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de: terrorismo y su financiación, producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, delincuencia organizada, asesinato, sicariato, trata de personas, secuestro extorsivo, tráfico de armas, lavado de activos y actividad ilícita de recursos mineros, ¿reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 4?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta 5, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 6?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 7?
  • ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta 9?

Estas son las preguntas que se tramitarán como enmienda y requieren de un segundo control de la Corte antes de ir a las urnas:

  • ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo 1?
  • ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 9?
  • ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano promueva la inversión extranjera y reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales, de manera que se ofrezca a los inversores extranjeros un entorno apropiado de seguridad jurídica que genere mayores oportunidades de empleo y afiancen la dolarización, de acuerdo con el Anexo 10?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución y se reforme el Código de Trabajo y para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores de acuerdo con el Anexo 12?

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