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Multas no tendrán recargos por interés con la nueva Ley de Tránsito

Actualmente las contravenciones de cuarta clase son sancionadas con seis puntos menos a la licencia y una multa del 30% de un salario básico ($ 120).
Actualmente las contravenciones de cuarta clase son sancionadas con seis puntos menos a la licencia y una multa del 30% de un salario básico ($ 120).
Archivo: El Telégrafo
14 de mayo de 2021 - 10:40 - Redacción Web

Con 96 votos afirmativos y 32 abstenciones, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, el pasado 30 de abril de 2021 las reformas a la Ley Orgánica de Transporte terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Esta normativa fue tratada durante tres años.

Las modificaciones, discutidas desde 2019, se concentraron en cinco ejes : Movilidad sostenible. Educación vial. Seguridad vial. Capacitación a funcionarios de tránsito. Planificación, control y tecnología.

Fafo Gavilánez, asambleísta ponente de las reformas, mencionó en El Comercio que la norma apunta a incentivar la compra y el uso de vehículo eléctricos. En el cuerpo legal existen nuevas propuestas de reforma para impulsar el uso de vehículos amigables con el ambiente e incentivos para los conductores que respeten las reglas de tránsito.

Entre los cambios, se eliminan 78 causales para la reducción de los puntos en la licencia, los conductores que nunca pierdan sus puntos tendrán un descuento del 50% cuando les toque renovar el documento.

Gavilánez, destaca que la Ley no tiene un carácter recaudatorio, sino que busca potenciar la seguridad vial mediante la educación, uno de los ejes de la reforma, aunque también es estricta para quienes no obedezcan las normas, con el retiro definitivo de la licencia.

Si el ejecutivo no realiza ningún cambio al texto aprobado en el Legislativo el pasado 30 de abril, los conductores no perderán puntos en el documento por las contravenciones registradas en los artículos 388,389,390,391 y 392 del Código Penal en relación a la Ley de Tránsito. 

Estas son contravenciones de cuarta clase, que actualmente son sancionadas con seis puntos menos a la licencia y una multa del 30% de un salario básico ($ 120).

En el caso del conductor que desobedezca las órdenes de los agentes de tránsito y  señalizaciones como: semáforos, pare, ceda el paso, cruce o preferencia de vías; no será sancionado con reducción de puntos. El mismo caso aplicaría para aquel que exceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos.

La disposición transitoria septuagésima octava de las reformas establece que “en virtud de la emergencia sanitaria por el covid-19 se dispone la remisión de las multas adicionales del 2 %” que establece el art. 179 de la Ley de Tránsito. 

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