Publicidad

Ecuador, 10 de Junio de 2025
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
+593 98 777 7778
El Telégrafo
Ecuado TV
Pública FM

Publicidad

Comparte

Álex Quiñónez se quedó sin el incentivo mensual por su sanción de atletismo

-

El pasado 25 de junio de 2021, el atleta ecuatoriano Álex Quiñónez fue sancionado durante un año calendario por un Tribunal Disciplinario por una infracción al no asistir a tres pruebas antidopaje.

El tribunal disciplinario de la Athletics Integrity Unit (AIU) le impidió actuar en los Juegos Olímpicos Tokio 2020 y le suspendió el incentivo deportivo mensual del Plan de Alto Rendimiento de 2.800 dólares por 12 meses.

Además, se retiraron patrocinadores particulares, no podía participar en torneos oficiales a nivel nacional e internacional como con el FC Barcelona de España, que lo había fichado; suceso que le privaba de recibir pasajes aéreos, seguro de viaje, bono diario, alimentación, hospedaje, traslados, entre otros beneficios.

El ministro del Deporte, Sebastián Palacios, se refirió a la suspensión del atleta a través de redes sociales. “Conversé hoy con Álex Quiñónez, es un guerrero. Lamentablemente por una falta logística de su mánager (dio tres veces consecutivas de forma equivocada su dirección para la toma de su muestra) queda fuera. Le estoy entregando todo el apoyo”, escribió en su cuenta de Twitter.

El mánager del deportista ecuatoriano dijo: “Respecto al desgraciado error, ojalá pudiera encontrar una explicación que justificara mi culpa, pero no la tengo”.

En el Plan de Alto Rendimiento, que nació en 2013, se detalla los beneficiarios, las ategorías, los montos y las sanciones por faltas. En el escrito consta que el deportista perderá sus beneficios por “fallo disciplinario proferido por el órgano disciplinario de la Federación Ecuatoriana por deporte o por discapacidad, cuando se incurra en la comisión de infracciones graves o muy graves o infracciones de las normas antidopaje de acuerdo con el Código Mundial Antidopaje vigente”.

Además, el código WADA (Agencia Mundial Antidopaje) establece una sanción cuando existe localización fallida del deportista: cualquier caso de incumplimiento de la obligación de someterse a controles y/o de incumplimiento del deber de proporcionar datos de localización...”.

Quiñonez escribió una publicación al respecto:

“La resolución del Tribunal Disciplinario de la World Athletics considera la existencia de especiales circunstancias en este caso y por ello impone una sanción reducida de un año de suspensión, la mitad del periodo previsto con carácter general. Simplemente con la existencia de una sanción reducida, como ahora sucede, queda claro que en ningún momento se ha intentado eludir el sometimiento a controles de dopaje por mi parte, habiendo sido el único fallo de localización, un error en la actualización de un dato de ubicación cometido de forma totalmente involuntaria y fortuita de parte de la persona que gestiona mi perfil de Adams (Sistema de Administración y Administración de Dopaje)”.

Noticias relacionadas

Publicidad Externa

Ecuador TV

En vivo

El Telégrafo

Pública FM

Social media