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El Telégrafo
Oswaldo Paz y Miño

Mujeres musulmanas víctimas de violencia y discriminación

13 de enero de 2023

La Constitución vigente de la República del Ecuador, en su Capítulo sexto Derechos de libertad Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: numeral 8 proclama.” El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos. El Estado protegerá la práctica religiosa voluntaria, así como la expresión de quienes no profesan religión alguna, y favorecerá un ambiente de pluralidad y tolerancia”

La Constitución del Ecuador de 2008, en el texto anteriormente citado, sigue la corriente universal que se inició en el Siglo XX respecto de las libertades del ser humano para optar por una religión, lo que termina siendo reconocido en la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, y en otros instrumentos internacionales en los que la libertad de cultos, de religión se establece como un derecho, entre esos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos firmado en 1966; la Declaración de las Naciones Unidas, respecto de la eliminación, veto a toda forma de intolerancia y discriminación que tenga como fundamento las creencias religiosas o convicciones en tal sentido de las personas documento del año 1981 y el Documento Concluyente de Viena de 1989.

El Ecuador es un Estado Laico, lo explico en mi obra Introducción al Derecho, Segunda Edición, página 139 en adelante, por tanto,  El Estado permite todo tipo de expresión humana, sin alinearse con ella. El Estado Laico no puede auspiciar, no debe, ninguna religión y habrá de respetar a todas ellas y a todos los seguidores de las mismas. Toda forma de creencia, puede convivir en un Estado Laico. En un Estado Laico la discriminación sino desaparece, de todas maneras, es menor ya que la sociedad cultiva un espíritu más tolerante”

La Declaración universal de la laicidad en el Siglo XXI, que aparece en la citada obra, en varios de sus acápites menciona: “ Todos los seres humanos tienen derecho al respeto de su libertad de conciencia, de adherirse a una religión o a convicciones filosóficas (incluidos el ateísmo y el agnosticismo” Para que los Estados estén en condiciones de asegurar un trato igualitario a los seres humanos y a las diferentes religiones y convicciones, el orden político debe tener libertad para elaborar normas colectivas sin que alguna religión o convicción particular domine el poder y las instituciones públicas. La igualdad no es solamente formal; debe traducirse en la práctica política en una vigilancia constante para que no sea ejercida alguna discriminación en contra de seres humanos en el ejercicio de sus derechos, particularmente de sus derechos ciudadanos cualquiera que sea su pertenencia o no pertenencia a una religión o a una filosofía”

En el Ecuador pese a los instrumentos legales nacionales e internacionales suscritos,  con total desparpajo  se vulneran los derechos constitucionales y legales de las mujeres musulmanas, que habitan en el país , ellas, son identificables son  para sus victimarios por la vestimenta que usan por su propia voluntad y fe: el hiyab y bajo la premisa  de que para las mujeres musulmanas y su fe, el valor que tienen como mujeres integralmente, no es proporcional a su atractivo físico, ni a lo que expongan de su cuerpo. El sectarismo,  la ignorancia , el fanatismo, no permiten a la mujer musulmana vestir acorde a lo que cree y se la somete a escarnio, burla. Es víctima de atentados contra su integridad física, moral, psicológica, acoso laboral, insultos, y acometidas de carácter sexual.

La mujer musulmana literalmente en Ecuador vive tormentos, de otras mujeres y hombres que con especial dedicatoria, por el hecho de ser fieles al Islam las discriminan, conocemos casos de despidos de los trabajos por que las afectadas no han querido dejar de vestir conforme han optado por su religión. Abusos que se comenten con impunidad, sin que el Estado cumpla con su deber de proteger sus derechos constitucionales y a sus derechos humanos. Cuenta también es cierto, el miedo que tienen las víctimas de acercarse a denunciar ante las autoridades, ya que, en ocasiones tales denuncias no han sido tomadas en serio, o por el pánico a represalias sobre todo en los casos de acoso laboral . No se diga luego de haber sufrido ataques físicos.

Todos los ciudadanos somos iguales ante la ley, y los derechos humanos, están universalmente protegidos el Ecuador es suscriptor de los tratados internacionales que protegen lo que estamos comentando.

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