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Entrevista / Bernarda freire / coordinadora jurídica de la fundación equidad

"Satya tiene derecho a una identidad"

"Satya tiene derecho  a una identidad"
Daniel Molineros / El Telégrafo
02 de abril de 2016 - 00:00 - Redacción Sociedad

La historia empezó hace más de 16 años, cuando las inglesas Nicola Rothon y Helen Bicknell trabajaban como voluntarias en África. Desde entonces mantienen una relación. Su unión de hecho fue reconocida en Inglaterra y en Ecuador, pero su hija Satya no. Rothon se embarazó por inseminación artificial y busca que Satya lleve su apellido y el de su pareja. El 25 de abril de 2012 presentaron su caso en el Tribunal Tercero de lo Penal, no tuvieron éxito. 4 años después, el 29 de marzo de 2016 llevaron su causa a una instancia superior: la Corte Constitucional. El fallo aún es incierto.

La abogada Bernarda Freire, coordinadora jurídica de la Fundación Equidad y quien presentó durante la última audiencia un Amicus Curiae (término para referirse a las presentaciones realizadas por terceros en un litigio) habla sobre el proceso judicial.

¿Cuál fue el objetivo de presentar un Amicus Curiae en este caso?

Esta figura contemplada en el artículo 2 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales fue presentada el lunes 28 de marzo, un día antes de la audiencia, y busca que un tercero interesado le dé a la
Corte argumentos, ya sean psicológicos, sociológicos o de derecho para tratar de mejor forma el caso. Nosotros como Equidad estamos haciendo un seguimiento de esta causa, pues es evidente que existe una vulneración de derechos.

¿A qué derechos nos referimos?

El Amicus que presentamos se basó exclusivamente en las garantías de la niña. Ella tiene derecho a una identidad, una nacionalidad, un nombre y una familia. No tiene que ver con los derechos de las lesbianas a ser madre o a construir una familia (aunque esto también es legítimo).

¿Qué repercusiones jurídicas tiene que Satya no pueda ser inscrita?

Muchas. Yo me preguntó, ¿qué pasaría si la madre gestante muere? Como ellas no tienen otro familiar en Ecuador, Satya pasaría a manos del Estado, iría a un centro de acogimiento infantil y luego ingresaría en un proceso de adopción.

Todo esto pasaría frente a los ojos de su otra mamá, quien tranquilamente se haría cargo de la niña, y que además eso sería lo más sano para la menor. También hay otro escenario: ¿Qué sucedería si ellas se separan? ¿Con qué base legal Nicole podría exigir una pensión de alimentos o Helen solicitar visitas compartidas a su hija? Eso no es todo, si la madre no gestante muere y a su nombre estaban algunos bienes, ¿cómo su hija puede acceder a ellos? Este tema va más allá de la discusión ‘moral’ de que si dos mujeres pueden ser madres de una niña. Hay una menor de edad que es real y que también tiene derechos.

Cuando la pareja fue al Registro Civil, esta entidad se negó a inscribir a su hija basándose en una de sus normativas, fechada en 1978. En términos legales, ¿cómo se debe proceder?

La Constitución está por encima de cualquier normativa, incluyendo la del Registro Civil. Ahí se reconoce a las familias diversas y también se abandera a la no discriminación. Helen y Nicole leyeron la Constitución y se sintieron protegidas legalmente para hacer su vida en este país.

¿Cuánto tiempo podría tardarse la CC para emitir una sentencia?

El proceso es largo. Los 30 días plazo corren desde que está el último informe del pleno, y eso puede tardar años. La CC tiene la oportunidad de emitir una sentencia que marque un precedente para otras parejas.

¿Y si la CC falla en contra?

La opción sería recurrir a mecanismos internacionales. El proceso consistiría en enviar el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que ellos lo evalúen y lo califiquen como favorable para que la Corte lo trate. La sentencia que ellos emitan es de cumplimiento obligatorio para el Estado ecuatoriano.

A la última audiencia también acudieron grupos pro vida que están en contra de la inscripción. ¿Su postura tiene bases legales?

No. Estos grupos hablan de adopción y ya hemos dicho que este no es el caso. Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya señaló que el hecho de ser lesbiana o gay no puede ser considerado como un argumento para decir que una persona homosexual puede ser buena madre o buen padre. (I)

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