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La opinión de la iglesia pesaba mucho en la aplicaicón de las leyes

Delitos pesquisados en la zona centro de Ecuador durante 1862

Delitos pesquisados en la zona centro de Ecuador durante 1862
07 de septiembre de 2014 - 00:00 - Pedro Reino Garcés, historiador/cronista oficial de Ambato

Un ciudadano ecuatoriano, en la época de Gabriel García Moreno, podía ser objeto de represión del Estado por 61 causas o categorías pesquisables.

Entre estas se anotan: abigeato, abuso de autoridad y de confianza; adulterio, allanamiento y asesinato, asalto al correo. Además, atentados contra la autoridad, la libertad, la seguridad individual, los derechos de ciudadanía y la propiedad.

También, bigamia, calumnia, castración, concubinato, conspiración, contrabando, cuadrilla, defraudación de rentas, denegación de justicia, deserción de los cuerpos, desobediencia a las autoridades, destrucción de documentos, detención arbitraria.

Se incluyen estafa, extorsión, estupro, falsedad, falsificación de documentos y de moneda; faltamiento  a las autoridades y en el cumplimiento de deberes;  flagelación, fratricidio, fuga de reos, fuerza y violencia, golpes y contusiones, heridas, homicidio, hurto, incendio, incesto e injurias.

Infracción de ley, juegos prohibidos, malversación de rentas, pérdida de encomienda del correo, perjurio, prevaricato, parricidio, rapto, robo, sedición, seducción, sustracción de documentos y de niños; tentativas de homicidio y de robo,  usurpación de autoridad, tumultos, violación de la caja de elecciones.

Las reflexiones necesarias

En mi enfoque, quiero ofrecer un cierto ordenamiento para entender, como delitos, lo relacionado con la moral pública y un supuesto rompimiento con la ética privada que fisgoneaba al vecino para llevarlo a la cárcel. El abuso de autoridad y de confianza está en la forma como nos educaron y en nuestra propia reflexión. A quienes les quedan grandes los cargos sencillamente es por su ego equivocado y malentendido.

El adulterio, por lo general,  se castiga en el hombre machista. La mujer no es solamente bígama, sino directamente vista como prostituta.

Los atentados contra la seguridad individual están en cada uno, igual que actuar calumniando al prójimo. ¿A quién se le ocurre practicar una castración sino a un prepotente de mentalidad colonial que sabía de esas prácticas con los negros?

El  concubinato estaba visto más de cerca por la Iglesia y creo que habrá pasado de los mandamientos al descubrimiento de una mojigatería, ligada a otras falsedades.

Fuerza y violencia, golpes y contusiones, heridas, homicidio, injurias... deben ser vistos como consecuencias de comportamientos primarios.  Los juegos prohibidos, aunque tengan mucho de social, pero empiezan por los despilfarros del ocio que practicaban sobre todo las clases solventes, aprendidas después por los desocupados.

El perjurio, el robo, y la seducción son cosas de los que nacen o crecen con el alma torcida que hasta ahora practican abiertamente los políticos, los abogados y los banqueros, sobre todo, pero como acomodan leyes con fueros, nos entretienen con las amenazas de justicia que no se cumplen.

Delitos sobre la ética pública serían los demás, pero veamos algunos porqués. El abigeato era una ley para campesinos que por lo general no robaban ganados de las haciendas, sino de los vecindarios.

Un allanamiento también es un abuso de autoridad. Me he informado de que por aquellas épocas, cierto intendente de policía, prevalido de su cargo y sus dotes donjuanescos, citaba a su oficina, bajo cualquier método intrigoso, a las muchachas que estaban en su lista.

La única alternativa para la víctima era el amor o la cárcel. Resultado: mostraba orgulloso a sus amigos un armario de madera en el que coleccionaba prendas íntimas con los nombres de las desafortunadas.

El asalto al correo era cosa de burócratas y malandros de cierto nivel. Los atentados contra la autoridad eran justificación y trampa, como en todos los tiempos.

Los atentados contra la libertad, otra trampa  de los dueños del poder, igual que la llamada conspiración. Las penas por cuadrilla tienen que ver con el concertaje y la milicia. Tumultos y fraudes electorales eran castigados porque evidenciaban sus prácticas.

Un fraude del  gamonalismo ocurrido en Tungurahua y que hace aparecer como enemigos a los de Cevallos con los de Quero, desde 1922, dejó un terrible trauma todavía no superado por el impacto  de violencia y muertes.

Los protagonistas dejaron peleando a los pueblos y han hecho olvidar a la gente las razones del suceso, mientras ellos pasaron a disfrutar de los beneficios del poder.

Volviendo a los documentos de la época, diré que las causas se tramitaban en los Juzgados Cantonales, en los Juzgados de Letras (provinciales) y en las Cortes Superiores.

Había Juzgados de Letras en Imbabura,  Pichincha, León (Cotopaxi), Tungurahua, Chimborazo, Azuay y Loja (Sierra); y las Cortes Superiores estaban en Quito, Riobamba, Cuenca, Loja y Guayaquil.

Si seguimos el orden alfabético de los delitos pesquisados que analizamos tenemos los siguientes datos relativos a 1862.

Precisando los conceptos

El abigeato se refiere a los ladrones de ganado y de animales en general, por extensión.  En los juzgados de letras, o sea que el caso está a escala provincial,  León juzgó a 3, Tungurahua a 1 y Chimborazo a ninguno. 

En Azuay estuvo el mayor número de casos: 17. Le siguió Pichincha con 16 y Loja con 12. El mismo caso del abigeato, según los datos cantonales del centro ecuatoriano tenemos: Pujilí 1 y Pelileo 2. En la Corte Superior había 3 en trámite en Quito y 2 en Riobamba.

El abuso de autoridad se refiere a la conducta del funcionario, subalterno se supone. O también resulta, para la época, un criterio subjetivo supeditado a la categoría económica, porque el pobre no plantea pelito a su manipulador.

Según el cuadro que estoy revisando, Loja tuvo 4 casos y 1 en Tungurahua. En la Corte Suprema en cambio hubo 11 casos en Guayaquil, Cuenca y Loja tenían 9 cada uno; Quito y Riobamba 3 en cada Corte.

La zona centro, en lo relacionado con el trámite provincial (Cotopaxi, Tungurahua y Chimborazo), no registraba datos ni sobre abuso de confianza  (aspecto por demás subjetivo),  ni sobre adulterio (dato que oculta una práctica social por demás evidente en todos los tiempos). No hay ni un solo trámite en las cortes superiores. A escala cantonal solo hay 2 casos que se llevaron en Pelileo. En cuanto a los asesinatos, las Cortes Superiores no tenían ni un solo caso en trámite. Las provinciales llevaban un caso en León, uno en Tungurahua y 2 en Loja.

Dejamos de comentar las categorías que no ofrecen datos. Resulta curioso que tan solo en el juzgado de Loja se hayan tramitado 6 casos sobre atentados contra la libertad. ¿En qué consistía esto? Habría que revisar el artículo.

La cuadrilla, además de pandilla, el término originalmente está ligado al militarismo. En la acepción popular se ha aplicado al latrocinio (cuadrilla de ladrones, decían los abuelos). Las cuadrillas comunes están en los trabajadores municipales.

Los juzgados provinciales de León, Tungurahua y Chimborazo llevaban, cada uno,  1 caso. Por estafa en iguales juzgados solo 1 caso para  León y Chimborazo. En lo cantonal había 2 en Pujilí. En la Corte Superior, 3 para la de Quito, 4 para Riobamba, 3 para la de Cuenca, 1 para Loja y 1 en Guayaquil.

En robos, Pichincha 25 casos, Azuay 30, León 1, Tungurahua 2 y Chimborazo 2. Loja 17 casos. En Tumultos aparecen 2 para León. Datos que nos parecen raros son: 1 trámite por castración en Loja; 3 atentados contra autoridades en Quito; 1 de deserción en Guayaquil.  

Finalicemos advirtiendo que una ley se hace como consecuencia de práctica o posible práctica, aunque los casos tramitados sean escasos.

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