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Si usted infringe la Ley Seca deberá pagar una multa de $ 193

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02 de febrero de 2018 - 09:49 - Redacción Quito

A las 12:00 de este viernes, 2 de febrero, inicia la prohibición de distribuir o consumir bebidas alcohólicas, debido a que entra en vigencia la Ley Seca.

La disposición se cumple por la consulta popular y referéndum que se dará este domingo 4 de febrero. La medida se aplica en cumplimiento con el Código de la Democracia, que establece que 36 horas antes de los comicios y durante el día de las elecciones, se restringe el consumo o venta de licor.

El artículo 299 del Código estipula que las personas que infrinjan la Ley Seca tendrán que pagar una multa equivalente al 50% del Salario Básico Unificado (SBU), es decir $ 193.

Cabe recordar que la sanción también se aplica para los ciudadanos que lleguen al recinto electoral en estado de embriaguez. También para aquellos que protagonicen o provoquen alguna perturbación en los recintos electorales, quienes porten armas o realicen propaganda por algún candidato en los días de silencio electoral.

Los agentes tienen la obligación de levantar una boleta de citación. Luego, el ciudadano tiene que presentar las pruebas de descargo. Después, de ser el caso, se emite la respectiva sanción. Las boletas cuentan con datos informativos en las que se señala la razón de la infracción, también la fecha y hora de la entrega de la boleta; datos del infractor, así como las firmas del agente y de la persona que cometió el delito. 

La boleta de citación original se entregará al contraventor, la copia será remitida en 48 horas a la Delegación Provincial Electoral junto con el parte policial web. 

Asimismo, la autoridad provincial es el competente para conocer y resolver en sede administrativa el cometimiento de estas faltas, señaladas en el artículo 2 del Reglamento para Resolución de Contravenciones Electoriales. 

La boleta de citación

Los Intendentes y comisarios serán los encargados de sancionar administrativamente con clausura a los locales que se encuentren en la venta de bebidas alcohólicas durante la Ley Seca. 

Las autoridades del orden emiten una boleta de citación a los infractores. Los datos que constan en el documento son identificación y domicilio del contraventor; la autoridad ante quien se presentará a presentar los documentos de descargo; el número telefónico de la Defensoría Pública, el detalle de la contravención, así como la determinación de los elementos probatorios, entre otos.  (I)

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