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Pablo Celi. Contralor, sociólogo y politólogo, doctor en Filosofía y Ciencias Internacionales

“Ninguna decisión de la Contraloría es política”

“Ninguna decisión de la Contraloría es política”
Foto: John Guevara / El Telégrafo
21 de enero de 2018 - 00:00 - Redacción Política

En su amplio despacho están dos pinturas con 200 años de historia: la de Antonio José de Sucre y la de Simón Bolívar. Él las rescató de la bodega de Contraloría.

Pablo Celi, titular de esa entidad, conversó con EL TELÉGRAFO sobre el informe perdido del fiscal Carlos Baca, los exámenes especiales a la deuda pública y la lucha contra la corrupción.

¿Hay o no un informe con indicios de responsabilidad penal contra el fiscal Carlos Baca por su trabajo en la Unidad de Investigación del caso 30-S?
Esta es una situación que ha creado, lamentablemente, una muy grave confusión ciudadana y un tratamiento muy equívoco. Debemos evitar que sea lesivo para la integridad de las personas y de las instituciones del Estado. No existe ningún informe con indicios de responsabilidad penal sobre el tema.

Para enviar esa respuesta a la fiscal subrogante, Thania Moreno, requerí información exacta a todos los niveles de la institución. El abogado Daniel Fernández de Córdova, excontralor subrogante, no ha suscrito informe alguno con indicios de responsabilidad penal por el uso de fondos públicos permanentes de gastos en el período del 1 de septiembre de 2013 hasta el 10 de marzo de 2014. Tampoco existe expediente alguno de ese informe en los archivos de la Dirección de Patrocinio, Recaudación y Coactivas.

Eso constató la directora nacional, Yadira Torres. El secretario de la Contraloría, Luis Miño, quien revisó los archivos físicos alfabético institucional y auxiliar de la Unidad de gestión de Documentación y Archivo Institucional y Cauciones, no encontró ningún documento sobre el tema.

El examen especial a la deuda pública que hace la Contraloría ha sido criticado por la Asamblea, incluso llamaron a la Comisión de Fiscalización para que explique. ¿Qué opinión tiene sobre eso?
Toda decisión genera muchas veces incomprensiones, alguna vez suspicacia y reacciones ajenas al fundamento. Hay una preocupación nacional por financiamiento de la deuda pública y el examen permitió dos cuestiones: la primera es actualizar su propio sistema de control en finanzas públicas, y como resultado de ello creamos una Dirección de Auditoría que no existía y que hoy se ocupa de ese tema.

La segunda es profundizar en la verificación del cumplimiento de disposiciones legales y en un análisis muy amplio de los recursos de la deuda pública presupuestados,  recibidos, contabilizados y transferidos a los organismos ejecutores.

¿No cabría una razón política para hacer el examen porque en los últimos 10 años el monto de la deuda interna y externa fue un secreto?
Ninguna de las decisiones de la Contraloría obedece a imperativos de orden político. Ni puede sacar conclusiones respecto de las intenciones que conduzcan a tal o cual decisión. La Contraloría tiene una obligación clara: establecer hallazgos que tengan sustento documental, no actúa con base en opiniones de ninguna índole.

Los correístas descalificaron a la veeduría que conformó la Contraloría para acompañar el examen de la deuda.
La Constitución garantiza que los ciudadanos puedan participar en el control social del Estado. Lo peor que puede pasar es que se debilite la voluntad social para exigirle cuentas al Estado.

La veeduría no es una comisión paralela a la Contraloría y no buscamos ni un espacio de legitimación ni un espejo, sino interlocución.

La veeduría no tiene acceso a información privilegiada ni a documentos. Es una experiencia innovadora que puede causar prurito porque cambia los hábitos de la institución  que, lamentablemente, pasó muchos años encerrada en sí misma.

El Parlamento tampoco acogió su pedido de destitución del cargo al exvicepresidente, Jorge Glas.
En el caso del informe sobre Singue se desprendieron causales de los tres tipos: responsabilidades administrativa con multa y destitución; responsabilidad civil con glosa; e indicios de responsabilidad penal.

La destitución de Glas debía ser ejecutada por la autoridad nominadora, que en ese caso era la Asamblea porque posesionó al funcionario de designación popular. El Legislativo procedió con otros caminos y no me corresponde juzgarlo.

La Contraloría también hizo un examen especial sobre la deuda del Estado al IESS durante la gestión de su expresidente del Consejo, Richard Espinosa.
Es una auditoría de un año atrás y se cumplieron todas las fases y procedimientos en el informe sobre el retiro del endeudamiento del Estado del registro contable del IESS. Procedí a confirmar la responsabilidad con la destitución de algunos personeros del IEES, entre los cuales está Richard Espinosa.

Esa resolución fue comunicada al Ministro de Trabajo, porque tiene implicaciones administrativas para funcionarios. Le corresponde a la autoridad en el ámbito del Ejecutivo cumplir con esas consecuencias administrativas.

La Contraloría predeterminó la sanción administrativa de destitución contra Carlos Ochoa. ¿Cómo está el caso?
Corre el tiempo legal para que él responda.  

¿Cómo se lucha contra la corrupción desde la Contraloría?
Yo hablo del control público y de la ética pública. El Estado debe asegurar mecanismos institucionales de control público efectivo y la sociedad debe demandar de los funcionarios el cumplimiento de sus responsabilidades con un código ético que garantice
la rendición de cuentas. Nadie debe estar exento de ella. (I)

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