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La Ley de Movilidad garantiza los derechos humanos

La Reforma a la Ley de Movilidad busca una migración ordenada y la rápida acción en casos de delitos cometidos por extranjeros.
La Reforma a la Ley de Movilidad busca una migración ordenada y la rápida acción en casos de delitos cometidos por extranjeros.
Foto: César Muñoz / El Telégrafo
06 de febrero de 2020 - 00:00 - Redacción Política

La totalidad de la Ley de Movilidad Humana aprobada en las postrimerías del correísmo debe ser cambiada. A esa conclusión llegó el asambleísta Fernando Flores (CREO), quien preside la Comisión de Asuntos Internacionales, cuyos integrantes preparan el informe para primer debate sobre el proyecto de reformas a la Ley de Movilidad presentado por el Ejecutivo en julio del 2019.

El legislador afirmó que el análisis va por buen camino pues están revisando capítulo por capítulo. “La ley tiene 156  artículos y estamos reformando 110, así que es un cambio integral”, enfatizó.

No obstante, aclaró que es un tema delicado pues toca aspectos relacionados con los derechos humanos y no pueden alejarse del marco constitucional; sin embargo, esperan presentar el informe la siguiente semana.

La propuesta la planteó el Ejecutivo, por la compleja situación que vive el país debido a la ola migratoria desde Venezuela especialmente.

La principal preocupación se refiere a la manera de tratar a las personas que infringen la ley, los procedimientos para sancionar y deportar a extranjeros que cometen faltas. “Son engorrosos, largos y casi imposibles de cumplir”, señaló la ministra de Gobierno, María Paula Romo.

Este miércoles 5 de febrero, el presidente Lenín Moreno se refirió al tema de la deportación, en el marco del crimen de Mariana Granja, de 68 años, voluntaria asesinada en Quito por un extranjero.

El Jefe de Estado mencionó que con las reformas la deportación será viable, para aquellos extranjeros que ingresen a delinquir. “Los hermanos del mundo siempre son bienvenidos. Los delincuentes, no. Aquellos que vienen a dañar nuestra sociedad, a asesinar, a delinquir, a hacer crimen organizado, no. Ellos no son bienvenidos”.

El proyecto busca corregir los vacíos generados por el cuerpo legal vigente desde el 2017 y que permitieron el ingreso sin control y los conflictos en las deportaciones.

Uno de los cambios importantes, según el Legislativo, será que los migrantes que deseen entrar al país deberán sujetarse a no tener un pasado delictivo o acciones legales en curso.

En Ecuador, al momento existen 3.003 extranjeros recluidos según el Sistema Nacional de Rehabilitación Social; de ese total, 1.876 son colombianos, 733 venezolanos y el resto son de diferentes nacionalidades.

El artículo 15 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que cualquier delito cometido en territorio ecuatoriano es sancionado y cumplirá la pena en Ecuador sin importar si el infractor es extranjero.

Al respecto, el docente de la Universidad Católica, Juan José Alencastro, explicó que el proceso de deportación ya se encuentra claramente establecido en la Ley y que en teoría es bastante expedito. “El problema de los tiempos que toma una deportación no es legal sino de trámite judicial”, señaló.

Además considera que en cualquier caso es importante que la Ley garantice el debido proceso, incluyendo el derecho a la defensa, el establecimiento de plazos razonables, o la existencia de recursos.

En resumen, durante la tramitación de las reformas, la Asamblea debe tener presente la progresividad de los derechos humanos, el respeto al debido proceso y la observancia a las obligaciones internacionales.

El asambleísta independiente René Yandún dijo anteriormente que, además de la reforma, se debe acudir a acuerdos binacionales. “Por ejemplo, si queremos deportar a una persona sentenciada de origen colombiano, las leyes de ese país dicen que solo recibirá a aquellos ciudadanos que no sean peligrosas para la seguridad; lo mismo pasa con Venezuela”.

El jurista Esteban Ron recordó que la resolución de deportación constituye un acto administrativo, el mismo que por naturaleza tiene vías ordinarias de impugnación.

Es decir existen recursos que pueden interponer los ciudadanos extranjeros; por ello las reformas deberán también regular los procedimientos que están en la Ley de Extradición.

Ecuador exige visa a migrantes de 23 países

Ecuador exige la presentación de una visa a los ciudadanos de 23 países, entre ellos, Venezuela, Cuba, Angola, Camerún, Gambia, Ghana, Guinea, India, Irak, Libia, República Democrática del Congo, Siria y Sri Lanka.

Según el Ministerio de Relaciones Exteriores, esta medida se impuso para evitar el ingreso de personas peligrosas o que sean víctimas de tráfico humano.

Desde la vigencia de la llamada ciudadanía universal impulsada durante el régimen de Rafael Correa, Ecuador se convirtió en puente para quienes deseaban ingresar ilegalmente a los EE.UU.

El canciller José Valencia afirmó que por estos motivos es necesaria la aprobación de las reformas a la Ley de Movilidad Humana, para dotar al Estado de mejores herramientas frente a las actuales situaciones migratorias. Señaló que la actual ley fue aprobada en un espíritu amplio que, sin embargo, “no calza con la realidad”.

Otro punto de inflexión ocurrió en las protestas violentas de octubre de 2019, donde 65 extranjeros fueron detenidos por provocar actos vandálicos.

En aquella ocasión el vicepresidente Otto Sonnenholzner denunció que se hallaron evidencias de pagos de $ 50 a extranjeros para que participen de las protestas. (I)

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