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La Ley de Movilidad Humana será reformada en el 70%

Más de 500.000 migrantes venezolanos se contabilizan como residentes en Ecuador. Tienen hasta junio próximo para legalizar su situación.
Más de 500.000 migrantes venezolanos se contabilizan como residentes en Ecuador. Tienen hasta junio próximo para legalizar su situación.
Foto: Archivo / et
11 de abril de 2020 - 00:00 - Redacción Política

Las reformas a la Ley de Movilidad Humana están completas. Fernando Flores, presidente de la Comisión de Relaciones Internacionales, indicó que se está procesando el informe para primer debate, el cual será conocido y aprobado por la mesa legislativa para que llegue al pleno de la Asamblea.

Flores considera que los cambios que se realizan a la normativa son integrales, puesto que su aprobación, durante 2016-2017, fue por motivos electorales, lo que provocó que la ley sea cambiada en el 70%.

La norma es prioritaria para el Ejecutivo, pues en su propuesta, enviada en agosto de 2019 -donde se contempló la reforma a 88 artículos- se tenía previsto cambiar el procedimiento para la deportación de extranjeros infractores.

En declaraciones anteriores, el presidente Lenín Moreno señaló que la reforma “permitirá expulsar y deportar a aquellos extranjeros que vienen al país a delinquir o que son encontrados cometiendo delitos”.

Sobre este tema, Flores señaló que los pedidos de reforma del Ejecutivo tienen aceptación por parte de los integrantes de la mesa legislativa. “Las propuestas son justas y necesarias para que la autoridad competente en el área de migración pueda actuar”.

El tema de la deportación de extranjeros que cometieron un delito era parte de los nudos críticos de la Ley de Movilidad Humana.

Ante ello, la Comisión aprobó incorporar un nuevo numeral en este artículo, que ordena la deportación de la persona extranjera que ha cometido delitos y haya sido penada con privación de la libertad de tres a cinco años.

Sobre las faltas migratorias, artículo 170, el texto fue modificado en su totalidad, ya que se considera como tal: la ausencia de la persona residente; simulación de matrimonio o unión de hecho celebrada para radicarse en el país, entre otras.

Control migratorio
Así también se establecerán canales de control migratorio preferenciales para ciudadanos sudamericanos en aeropuertos, pasos fronterizos y puertos marítimos.

Además se establecerán mecanismos temporales de autorización de ingreso ante casos de necesidad, que permitan atender fenómenos específicos.

Fabricio Villamar, asambleísta independiente, comentó que los puntos más importantes de la normativa hacen un reconocimiento de la soberanía de la República, “en efecto de la capacidad de admitir ciudadanos extranjeros, dentro del cumplimiento de ciertos requisitos”.

Se está trabajando por los ecuatorianos en el exterior -dijo-, se plantea garantizar la integridad de los derechos de los compatriotas detenidos en el exterior.

Añadió que los consulados deberán facilitar abogados para su defensa.

La reforma era prioritaria para la situación migratoria
Patricio Sánchez, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Central (UCE), comenta que las reformas eran necesarias, por cuanto desde la Constitución de la República se plantea la ciudadanía universal, lo que ha facilitado el ingreso de ciudadanos extranjeros sin la menor regulación, sin cumplir requisitos de admisión.

El catedrático señala que las reformas debieron realizarse hace mucho tiempo y criticó la demora del tratamiento de la ley por parte de la Asamblea. “No podemos legislar por coyunturas, hay que hacerlo con responsabilidad”.

Justifica el pedido de rapidez de aprobación del Ejecutivo, pues se requería de una pronta adaptación de las reformas en la Ley de Movilidad Humana. (I)

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