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Defensa de Ecuador comparece en audiencia en caso Burlington

Defensa de Ecuador comparece en audiencia en caso Burlington
18 de julio de 2017 - 11:12 - Redacción Web

En Washington (EE.UU.) se lleva a cabo este martes la audiencia convocada por el Comité de Anulación bajo reglas del CIADI, para recibir las alegaciones orales de Ecuador y de Burlington Resources Inc., en relación con la petición de esta última de que se levante la suspensión de ejecución del laudo final dictado por el Tribunal arbitral que conoció la demanda de inversiones planteada por la petrolera norteamericana o en su defecto que el Estado rinda una garantía.

Dicha suspensión se encuentra vigente desde que la anulación del laudo fuera solicitada por el Estado ecuatoriano el 13 de febrero de 2017 y en aplicación del Convenio CIADI.

El procurador general del Estado, Diego García, quien lidera el equipo de defensa del Ecuador, puntualizó que el levantamiento de la suspensión de la ejecución del laudo no se justifica, pues aún se encuentra pendiente de resolución el recurso de anulación y, a su criterio, existen serias posibilidades de que el laudo sea anulado ya que se ha demostrado que el mismo adolece de una serie de errores que se ajustan a las causales de anulación previstas en el Convenio CIADI.

La defensa de Ecuador considera que el Tribunal Arbitral, al adoptar sus decisiones, lo hizo "con manifiesto exceso de poder, violación de las reglas fundamentales del procedimiento, sin motivación o motivación contradictoria equivalente a falta de motivación", entre otras. 

"La seriedad de los cargos imputados por Ecuador y sus antecedentes en el cumplimiento de laudos anteriores y por tanto del respeto a sus obligaciones internacionales justifican plenamente la suspensión de la ejecución del laudo por lo que resulta improcedente que el Comité atienda la petición de Burlington. Adicionalmente a ello, Burlington no ha demostrado que la suspensión de la anulación le causaría algún daño", subraya un comunicado de la Procuraduría. 

Antecedentes del caso

El 21 de abril de 2008, la petrolera Burlington planteó su demanda debido a la aplicación de la Ley 42/2006, la misma que estableció una distribución más justa de los ingresos extraordinarios por el incremento en el precio del crudo ecuatoriano.

La aplicación de la Ley 42/2006 y la falta reiterada de pago de dicha Ley derivó en una serie de acciones que la condujeron al abandono de la operación de los bloques a cargo de las petroleras Perenco y Burlington en julio de 2009 y a la resolución de caducidad de los contratos de participación en el año 2010. Burlington solicitó una indemnización de aproximadamente  $ 1.500 millones incluidos intereses.

El 7 de febrero de 2017, el Tribunal Arbitral emitió su laudo final en el que, atendiendo los argumentos expuestos por la defensa del Estado, limitó la compensación a la inversionista en el 22% de la pretensión inicial demandada por la petrolera, dado que en su decisión desestimó el valor de $ 1.515’603.095 solicitados por la compañía, estableciendo como monto de compensación a la demandante el valor de $ 379´802.267 más intereses.

Además, el Tribunal en una decisión histórica en el mundo del derecho de inversiones, aceptó la contrademanda del Ecuador y declaró que Burlington es responsable de los costos relativos a la restauración ambiental y a la remediación de la infraestructura de los Bloques 7 y 21, por los daños ocasionados por la inversionista y su socia en la operación, por lo que le condena al pago de $ 41'776.492,77.

A pesar de la significativa reducción lograda, la Procuraduría General del Estado considera que el laudo emitido por el Tribunal de Arbitraje del caso Burlington debe ser anulado. (I)

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