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De las palabras a los hechos

Los pronombres necesarios

Los pronombres necesarios
09 de junio de 2014 - 00:00 - María del Pilar Cobo, Correctora de textos y lexicógrafa

Los verbos pronominales, como ya hemos visto algunas veces, son aquellos que precisan de un pronombre para tener un significado determinado. Este pronombre átono que acompaña a los pronominales no cumple una función sintáctica dentro de la oración, simplemente es una característica del verbo, un morfema. Además, el pronombre en los verbos pronominales (me, te, se, nos, os) debe concordar siempre con el sujeto de la oración (no podemos decir, por ejemplo, ‘te fugo’ o ‘nos atreven’).

Existen verbos como abstenerse, arrepentirse, vanagloriarse, suicidarse, fugarse, emperrarse, jactarse, adueñarse, antojarse, dignarse o incautarse que son exclusivamente pronominales, es decir, no pueden existir sin el pronombre (de hecho, si se los busca en el diccionario, la entrada de la mayoría de estos verbos ya incluye el pronombre soldado al infinitivo). Por ejemplo, no puedo decir que alguien ‘abstiene de votar’ o que yo ‘arrepiento de lo que hice’; lo correcto es ‘se abstiene’ o ‘me arrepiento’. El pronombre, entonces, siempre deberá estar presente, de lo contrario el verbo carecerá de sentido. Existen verbos que pueden funcionar como pronominales, como transitivos e incluso como intransitivos, por ejemplo, negar (prnl.: ‘Me niego a cambiar’ o tr.: ‘Niego la entrada a mi casa’),  hundir (prnl.: ‘Se hundió en la depresión’ o tr.: ‘Hundieron el barco’), dormir (prnl.: ‘Se me durmió la pierna’ o intr.: ‘Dormimos tarde’), comer (prnl.: ‘Se comió todas las tildes del texto’, tr.: ‘Yo no como carne’ o intr.: ‘María comió bastante’), entre otros.

No debemos confundir los verbos estrictamente pronominales con los verbos reflexivos. En el caso de los verbos estrictamente pronominales, la acción que se desarrolla le ocurre al sujeto (marearse, negarse, casarse, suicidarse), por lo tanto, el pronombre carece de función dentro de la oración. En los reflexivos, en cambio, el pronombre funciona como complemento directo o indirecto, es decir, la acción recae sobre el mismo sujeto (por ejemplo: peinarse, acicalarse, lavarse). Los verbos reflexivos, al necesitar del pronombre, siempre serán pronominales, pero únicamente los diferencia de los estrictamente pronominales el matiz de la función del pronombre.

Sin embargo, aunque hagamos esta distinción, debemos tomar en cuenta que un verbo, ya sea pronominal o reflexivo, siempre necesitará del pronombre; por lo tanto, no podemos eliminarlo arbitrariamente de la oración. Revisemos esta oración: ‘María se arrepintió de cortarse el cabello’. En esta oración tenemos dos verbos que necesitan de un pronombre: arrepentirse (pronominal) y cortarse (reflexivo, de complemento indirecto). Aunque pueda parecernos cacofónica la repetición del pronombre se, ambos verbos lo necesitan. Eliminar el pronombre implicaría dejar sin sentido a la oración (no podemos decir ‘María arrepintió de cortarse el cabello’ o ‘María se arrepintió de cortar el cabello’).

La buena noticia es que los diccionarios (y el sentido común) siempre nos ayudan en estos casos, pues siempre cuando el verbo precise de un pronombre nos encontraremos con la marca lingüística prnl., no hay manera de perderse.

 

*Preguntas y sugerencias: pilicobo@gmail o a su cuenta de Twitter @palabrasyhechos

 

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