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Exmandos militares pagarán indemnización

Guadalupe Larriva falleció el 24 de enero de 2007, nueve días después de posesionada en el cargo. Fue la primera mujer civil en ser ministra de Defensa.
Guadalupe Larriva falleció el 24 de enero de 2007, nueve días después de posesionada en el cargo. Fue la primera mujer civil en ser ministra de Defensa.
Foto: Colectivo Guadalupe Larriva
09 de julio de 2018 - 00:00 - Redacción Justicia

La Sala de lo Contencioso Administrativo de Cuenca será la encargada de ejecutar, en cuestión de días, la sentencia emitida el 24 de junio de este año por la Corte Nacional de Justicia (CNJ), sobre el caso de la muerte de la exministra de Defensa, Guadalupe Larriva y su hija, Claudia Ávila, el 24 de enero de 2007.

En el fallo se establece que hubo responsabilidad objetiva del Estado, a través de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), para los dos decesos, y quedó anulada la primera sentencia que solo reconocía la responsabilidad objetiva para Claudia Ávila, mas no para su madre.

La sentencia también dispone una indemnización económica para los familiares, que según el abogado de la familia Larriva, Víctor Granda, podría llegar a $ 500.000.

El monto definitivo se conocerá luego de un cálculo a base de elementos como la expectativa de vida, el salario básico unificado y el sueldo de Larriva como ministra. Además, la resolución contempla las disculpas a la familia y una acción de repetición, para que el Estado cobre las indemnizaciones a los funcionarios que enviaron a los tripulantes al helicóptero.

Granda señaló que según la acción de repetición, el monto de indemnización tiene que ser pagado por parte de quienes cometieron el error de involucrar a la exministra, y a estos, quien les debe cobrar es el Procurador del Estado.

“Si en la sentencia se prueba, por informes militares, que el alto mando militar y los dirigentes de la Brigada Aérea del Ejército, improvisaron toda esta operación e involucran a la ministra y a su hija, ellos tiene que asumir este pago porque el Estado no puede asumir errores de funcionarios”, precisó.

En 2007 en que se produjo el accidente, el alto mando militar estaba integrado por los oficiales Gonzalo Meza, como subsecretario de Defensa y Héctor Hugo Camacho, jefe del Comando Conjunto de las FF.AA.

Pedro Aníbal Machado era comandante del Ejército, Jorge Homero Arellano, comandante de la Armada y Jorge Gabela, comandante de la Fuerza Aérea.

Tras el accidente, Machado fue separado del cargo. “Acepto mi salida del Ejército, pero no la responsabilidad de la muerte de esa dama que siempre respeté. No puede un Comandante de rama ser responsable de todos los hechos que hagan desde un oficial hasta el último de los conscriptos”, dijo, en ese entonces.

Ricardo Patiño, quien tras la muerte de Larriva estaba encargado temporalmente de la cartera de Defensa, indicó que solicitó la disponibilidad del cargo al coronel René Vásquez y a otros militares como el edecán, Iván Moreno y el subsecretario de Defensa, Gonzalo Meza.

Según la defensa de la familia Larriva, la sentencia judicial determina que la muerte de la exministra pudo evitarse y que los mandos militares no cumplieron con los protocolos mínimos de seguridad.

Granda califica como una sentencia histórica la del pasado 24 de junio, pero considera insuficiente porque solamente se ha obtenido sanciones administrativas.

Considera que debe establecerse responsabilidades penales, pero recuerda que fue el fiscal general, Washington Pesántez, quien no dio paso a esta otra fase cuando desestimó el caso.

En declaraciones a diario El Mercurio de Cuenca, Priscila Ávila Larriva, hija de la exministra de Defensa fallecida, saludó la última sentencia emitida por la CNJ y precisa que “con este acto creo más en la Justicia del Ecuador que por mucho tiempo estuvo en tela de juicio…”.

Priscila Ávila y su hermano Rodrigo, hijos de Guadalupe Larriva, opinaron que con esta sentencia se cierran 10 años de lucha.
A pesar de esto, los hijos de Larriva señalaron que el resultado no se da en el tiempo y celeridad en el que su familia hubiera querido. Se estima que en 40 días se ejecute la sentencia. (I)

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