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El Telégrafo

La disposición incluye las encomiendas provenientes del exterior

Los transportistas deben verificar origen de la carga

Los conductores de transportes internacionales deberán pedir los documentos de la carga. Foto: CortesÍa / Senae
Los conductores de transportes internacionales deberán pedir los documentos de la carga. Foto: CortesÍa / Senae
09 de abril de 2014 - 00:00 - Redacción Actualidad

Las empresas de transporte terrestre internacional, desde la semana pasada, tienen la obligación de asegurarse de que las mercancías extranjeras trasladadas en sus unidades cumplan con todas las formalidades aduaneras.

Ciento cuarenta de ellas ya recibieron la notificación de esta disposición por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae).

El objetivo es evitar el ingreso, desplazamiento y comercialización de mercancías al país sin el pago respectivo de impuestos.

Los choferes de los automotores podrán solicitar a sus pasajeros las facturas de los bultos que no formen parte del equipaje personal.

De no hacerlo y de detectarse un delito aduanero por parte de un pasajero, los conductores podrían compartir la responsabilidad.

Interprovinciales incluidos

Esta es la primera fase de la aplicación de una normativa que incluirá también a las cooperativas del servicio interprovincial. Para estas, el proceso de notificación y socialización de la medida arrancará en aproximadamente un mes.

Funcionarios de la institución mantendrán reuniones con los directivos de las compañías con el objetivo de explicar el reglamento.

Para el caso de encomiendas provenientes del exterior, la empresa transportista deberá exigir y verificar que hayan sido legalmente importadas, es decir, que cumplan las formalidades aduaneras y los requisitos vigentes.

Ello con el fin de que los documentos del dueño puedan ser validados por el Senae al momento de las inspecciones en frontera.   

Los funcionarios aduaneros verificarán que la carga identificada como mercancías extranjeras (prendas de vestir, ropa para el hogar, cinturones, maletería, sombrerería y calzado), cumplan con lo estipulado por el Reglamento Técnico del Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) a través del etiquetado de sus prendas. Lo mismo se aplicará en el caso de las bebidas alcohólicas.

La entidad aplica esta normativa basada en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en donde se menciona que  tiene potestad para efectuar controles posteriores, aprehender mercancías, bienes y medios de transporte para efectos de control y cuando se presuma la comisión de una infracción a la ley en relación con el ingreso y la salida de mercancías del territorio aduanero.

La norma establece que los pasajeros pueden movilizar sus efectos personales de viajero vía terrestre e ingresar al país artículos o ropa para su uso propio, siempre que por su cantidad o valor no se los considere comerciales.

De ser así, entonces, cancelarán los impuestos establecidos en las leyes vigentes. Los controles en las zonas de frontera y en las vías estarán a cargo del personal del Senae, con el apoyo de otras autoridades.

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