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La recaudación tributaria adicional irá a las zonas afectadas por el sismo

El aumento del 2% del IVA no aplica a combustibles

Actualmente, el 90% de alimentos no está sujeto al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Actualmente, el 90% de alimentos no está sujeto al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Foto: Mario Egas / El Telégrafo
01 de junio de 2016 - 00:00 - Redaccion Economía

Desde hoy y durante el próximo año, la adquisición de bienes y servicios estará gravada con un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 14%. Según establece la Ley Solidaria, los recursos recaudados por el incremento del 2% del tributo serán destinados a la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto.

El 14% de IVA aplica a las transacciones realizadas con los medios de pago tradicionales, es decir, con monedas, billetes y cheques. En cambio, el consumidor pagará el 13% por IVA si cancela bienes y servicios con tarjetas de crédito, débito y prepago. Si el consumidor utiliza dinero electrónico para sus pagos, los bienes y servicios serán gravados solo con el 10% de IVA.

El aumento del impuesto no afecta a alimentos y medicinas

El incremento del 12 al 14% del IVA no afecta al 90% de alimentos consumidos por los hogares.

De manera más específica, se mantienen exonerados del pago del 14% IVA productos tales como frutas, verduras, cárnicos, lácteos, cereales y granos. Tampoco el aumento del IVA afectará a medicamentos, combustibles, alquileres, servicios de educación, servicios básicos y servicios de transporte urbano.

En cambio, el incremento del IVA sí se aplica a bienes como bebidas alcohólicas, cigarrillos, vestimenta, calzado, productos de higiene y cuidado personal. Por ejemplo, a partir de hoy, si compra una prenda de vestir con un precio de $ 10, usted pagará $ 1,4 adicional por concepto de IVA. Así también deberá cancelar la tarifa de 14% por IVA en la compra de dispositivos electrónicos, electrodomésticos, materiales de construcción o servicios del hogar.

Las zonas damnificadas por el terremoto tienen compensación

En una entrevista concedida a EL TELÉGRAFO, el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Leonardo Orlando, indicó que, según la primera disposición transitoria de la Ley Solidaria, las personas naturales que realicen adquisiciones de bienes y servicios en Manabí y Esmeraldas tendrán un descuento de 2 puntos en la tarifa del IVA.

“A los establecimientos se les reconocerá un crédito tributario y se les descontará en su declaración mensual. En el caso de darse una acumulación de ese crédito, se le puede devolver al establecimiento, conforme la ley establece”, manifestó. (I)  

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