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Padres e hijos del cónyuge que dependan del contribuyente se incluyen en proyección de gastos

Padres e hijos del cónyuge que dependan del contribuyente se incluyen en proyección de gastos
Foto: Archivo / EL TELÉGRAFO
15 de enero de 2018 - 17:20

En enero, quienes trabajan en relación de dependencia o las personas naturales cuyos ingresos en 2018 tengan previsto que superarán $ 11.270, deben presentar el formulario de proyección de gastos personales al empleador.

Los gastos que deben tomarse: vivienda, educación, arte y cultura, vestimenta, alimentación y salud, que le permitirán al contribuyente deducir hasta el 50% del total de sus ingresos, siempre y cuando no se supere el límite deducible de este año: $ 14.651 para los residentes del continente y $ 26.416,88 para quienes viven en Galápagos.

Para la deducción se podrá declarar además a los padres, hijos del conviviente y cónyuges en unión de hecho,  y a los hijos mayores de edad que dependan económicamente del contribuyente, de acuerdo a lo que estipula Ley para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera para este año.

Además, la Ley también estableció que para la deducción de gastos personales en el rubro de salud, por enfermedades catastróficas, se reconocen hasta $ 22.540.

El formulario de proyección de gastos personales está disponible en la página web del SRI www.sri.gob.ec, en la opción Información sobre impuestos, ¿Cómo declaro mis impuestos?, Formularios y guías. (I)

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