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El BNF en liquidación condonará intereses de créditos

Ley da plazo de 90 días para cumplir con pagos

El pleno de la Asamblea sesionó el lunes 13 de marzo desde las 16:15 hasta las 22:30.
El pleno de la Asamblea sesionó el lunes 13 de marzo desde las 16:15 hasta las 22:30.
Foto: Miguel Jiménez / EL TELÉGRAFO
15 de marzo de 2017 - 00:00 - Redacción Economía

Con 75 votos favorables y 7 abstenciones, la Asamblea aprobó la noche del lunes la Ley para la Reestructuración de Deudas de la Banca Pública, Banca Cerrada y Gestión del Sistema Financiero Nacional y Régimen de Valores.

La norma se divide en dos capítulos que abordan las deudas derivadas de la crisis financiera de 1999, y las obligaciones de la banca pública. Además reforma leyes conexas.

El ponente de la ley, Virgilio Hernández, señaló que la crítica situación de finales de la década de los años 90 generó una pérdida para el Estado  ecuatoriano de alrededor de $ 20 mil millones.

El propósito de la nueva legislación es llenar vacíos legales de la Ley para el Cierre de la Crisis Bancaria de 1999, aprobada en 2014.

Se estableció que la cartera de las operaciones crediticias y no crediticias derivadas de la crisis financiera sea vendida a entidades de servicios auxiliares del sistema financiero nacional, especializadas en cobranzas de propiedad mayoritariamente pública en un plazo de hasta noventa días.

El artículo 4 corrige los plazos en caso de incumplimiento de pago por parte de los deudores de la banca cerrada, pasando de 60 días a 90. Quienes sobrepasen ese período perderán los beneficios del recálculo de sus saldos pendientes.

En ese sentido, también se otorga un nuevo plazo de 12 años, con un año de gracia, para el pago de los créditos de origen hipotecario relacionados con la crisis bancaria. Similar tiempo se concede a las demás operaciones de crédito.

El incumplimiento de pagos que supere los seis meses reactivará o iniciará procesos coactivos.

Sobre lo último, la Asamblea aprobó que se suspendan por 120 días dichos  procesos, así como los juicios de insolvencia o quiebra, y  medidas cautelares. Durante ese lapso los deudores podrán suscribir convenios de pago, reactivar recálculos o modificar plazos.

Las deudas de hasta $ 150 mil por créditos adquiridos en sociedad conyugal (matrimonio o unión de hecho) quedarán extinguidas cuando uno de los cónyuges haya fallecido, padezca una enfermedad catastrófica o tenga discapacidad.

Uno de los temas que causa inquietud es que de acuerdo al artículo 11 también accederán a los recálculos que plantea la ley los deudores vinculados, “cuyo capital inicial del total de sus operaciones vinculadas acumuladas fuere de hasta $ 25.000”.

El legislador Luis Fernando Torres (PSC) manifestó que está de acuerdo en brindar todas las facilidades a los deudores de buena fe  por el cierre de bancos y a los de la banca pública.

Sin embargo, manifestó su preocupación ante las declaraciones del exgerente del Banco Central del Ecuador (BCE), Pedro Delgado,  quien en una entrevista con El Universo aseguró que la ley en trámite favorecería a los grandes deudores e incluso habría riesgo de demandas al Estado.

María Elsa Viteri, asesora del Colectivo Deudores de Buena Fe, precisó que con la aprobación de la ley se ha reconocido en parte la situación de los perjudicados. “Se abre una esperanza y una luz después de estar en la sombra durante 20 años”.

Una de las afectadas, Mónica Bolaños, que heredó una deuda de su madre y su abuela, expuso ante el pleno que fueron víctimas de violación de derechos. “Seguimos pagando las consecuencias de las decisiones políticas tomadas hace 18 años”, sentenció.

Ricardo Ruperti, vicepresidente del colectivo, señaló que se logró el objetivo por el que han luchado desde que cerró la banca. “Esto nos cambia la vida, ayudará a los productores a retomar sus actividades  normales”.

Deudores del BNF podrán reestructurar sus créditos

Respecto a las deudas de la  banca pública la normativa dispone la condonación de las costas, gastos, recargos, intereses e intereses de mora de los créditos concedidos por el Banco Nacional de Fomento (BNF) en liquidación, toda vez que los deudores paguen al menos el 5% del saldo del capital dentro de 180 días.

Quienes se acojan a este beneficio podrán solicitar al liquidador la reestructuración o refinanciación de sus operaciones crediticias.

Las operaciones deberán contar con un seguro de desgravamen y un seguro agrícola. (I)

DATOS

La crisis bancaria de 1999 se produjo, entre otras razones, por la entrega de créditos a empresas vinculadas con los bancos, el incremento del crédito en moneda extranjera para prestadiarios que no generaban ingresos en divisas, y por la liberalización de las operaciones bancarias.

En 60 días desde la vigencia de la ley, el BCE y la CFN efectuarán las valoraciones de los bienes muebles e inmuebles señalados en los artículos 17 y 19 de la Ley para el Cierre de la Crisis Bancaria de 1999.

Dentro de un plazo de 120 días a partir de la aplicación de la norma, las entidades financieras públicas abiertas o en liquidación extinguirán las operaciones de crédito vencidas generadas por la venta de maquinaria agrícola efectuada por la misma entidad, según la disposición transitoria primera. 

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