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Ejecutivo decreta la creación de BanEcuador (Documento)

Ejecutivo decreta la creación de BanEcuador (Documento)
13 de mayo de 2015 - 12:00

El presidente de la República, Rafael Correa, decretó hoy la creación del banco público denominado BanEcuador B.P. como una entidad financiera con personalidad jurídica propia y jurisdicción nacional, patrimonio autónomo, autonomía técnica, administrativa, financiera y presupuestaria.

En el Enlace Ciudadano 423, del sábado pasado, el Mandatario explicó que la nueva entidad reemplazará al Banco Nacional del Fomento (BNF) y operará desde octubre de 2015.   

En esa ocasión, Correa recordó que el BNF tenía varios problemas, ya que no estaba adaptada para los usuarios. Entre los inconvenientes de la institución estaba "que los créditos no coinciden con los cultivos (…) lo que se hacía era quebrar a los campesinos".         

También recalcó que BanEcuador se enfocará en las zonas rurales y marginales de todo el país, y la estructura financiera se ajustará a las necesidades y horarios de los campesinos.

Según el Decreto Ejecutivo 677, el objetivo de esta entidad será la prestación de servicios financieros de crédito, ahorro e inversión, bajo el criterio de intermediación financiera de recursos públicos y privados, atendiendo a la micro, pequeña y mediana empresa, así como empresas asociativas en sectores de producción, principalmente de agronegocios, comercio y servicios. Su enfoque será "de desarrollo local y con preferencias en áreas rurales y urbano-marginales, coadyuvando al fortalecimiento del Plan Nacional del Buen Vivir".

BanEcuador tendrá una duración indefinida y estará domiciliada en la ciudad de Quevedo, pero con sucursales alrededor del país. Podrá realizar operaciones activas, pasivas, contingentes y de servicios, de conformidad con lo dispuesto por el Código Orgánico Monetario y Financiero. Asimismo otorgar préstamos hipotecarios y prendarios, quirografarios y cualquier otra modalidad que autorice la Junta de Regulación Monetaria y Financiera.

El capital suscrito y pagado para el funcionamiento será de $ 15 millones, constituido con aporte del Estado, a traves del Ministerio de Finanzas. Mientras el capital autorizado será de $ 30 millones.

Su patrimonio estará compuesto del capital suscrito y pagado, constitución de reservas irrepartibles y otros aportes patrimoniales.

El Directorio de BanEcuador estará presidido por el Ministro de Agricultura, en calidad de delegado del Presidente de la República, y tendrá voto dirimente. Los otros integrantes los conforman los titulares (o sus delegados permanentes) de los ministerios Coordinador de la Política, de la Producción e Inclusión Económica y Social.

El Directorio se constituirá dentro de los 10 días hábiles siguientes a la expedición del decreto, y en ellos designará al Gerente General del banco, aprobará el reglamento de acción y el plan de acción.

BanEcuador iniciará operaciones en el plazo máximo de 180  días contados a partir de la fecha de aprobación del presupuesto, indica el decreto. (I)

REVISE EL DECRETO EJECUTIVO 677

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