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Ejecutivo apoya a la ciudadanía con sus obligaciones crediticias

Ejecutivo apoya a la ciudadanía con sus obligaciones crediticias
04 de abril de 2020 - 15:35 - Redacción Economía

El Gobierno Nacional toma varias medidas para ayudar a los ciudadanos, familias y microempresas que tienen dificultades para cubrir las cuotas de sus préstamos con entidades financieras. Esto debido al impacto económico que ha causado la emergencia sanitaria.

Por decisión de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, el pago de los créditos puede diferirse por 60 días, sin ningún costo adicional y sin que cause ningún tipo de intereses moratorios, gastos, recargos ni multas.

Según un comunicado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los interesados podrán solicitar el refinanciamiento, reestructuración o novación de sus préstamos hasta el 23 de julio de este año. Esto no implicará una nueva operación crediticia, es decir, no se verán afectados con tributos, contribuciones ni otros gravámenes. En las modificaciones que se hagan a las condiciones originalmente pactadas para los créditos se mantendrá la calificación de estos.

La ciudadanía tiene también la posibilidad de refinanciar sus deudas por tarjetas de crédito con las entidades del sistema financiero nacional.

Para los que estén en mora en el pago de los préstamos hipotecarios con el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), podrán acogerse al programa "Reactívate" para extender su crédito a 30 años y tener 18 meses de gracia.

BanEcuador y de la Corporación Financiera Nacional diferirá hasta 12 meses los pagos de los intereses de préstamos de marzo, abril y mayo. El capital será repartido hasta el final del plazo del crédito.

Por otro lado, los clientes de la economía popular y solidaria podrán refinanciar, reestructurar o novar las obligaciones crediticias hasta el 22 de julio de 2020. Estas modificaciones estarán exentas de requerimientos, requisitos, documentación y costos adicionales.

Podrán diferir el pago de, por lo menos, dos cuotas de capital e intereses que hayan vencido a partir del 16 de marzo del 2020. Cada entidad financiera definirá las condiciones. El MEF aclaró que queda prohibida toda figura que implique cobro de interés sobre interés. (I)

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