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Conecel habría suscrito 5 mil contratos de exclusividad

Conecel habría suscrito 5 mil contratos de exclusividad
10 de febrero de 2014 - 00:00

De acuerdo a información de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM), el Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones (Conecel), que maneja la marca comercial Claro, tiene vigentes 5.000 contratos de exclusividad, que muestran un “claro abuso de poder de mercado”.

La Comisión de Resolución de Primera Instancia de la SCPM impuso, el viernes pasado, al operador económico Conecel una multa equivalente al 10% del volumen de negocios total de la empresa, correspondiente al año 2012, que da un total de $ 138’495.964,060.

El caso inició cuando la empresa pública Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) denunció ante la SCPM que la inclusión de cláusulas de exclusividad es una práctica de abuso de posición de dominio, tipificadas en los numerales 1, 10 y 19 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado.

Los contratos de exclusividad del Conecel con los dueños de los terrenos indican que “la arrendadora se compromete a no conceder el uso, goce, aprovechamiento o explotación, bajo ningún título legal, a otras empresas que se dediquen a las telecomunicaciones en cualquiera de sus ramas, de espacio alguno del inmueble, en razón de que podría ocasionar interferencia, mal funcionamiento o poner en riesgo los equipos allí instalados. En caso de incumplirse esta cláusula, la arrendadora deberá pagar a la arrendataria una pena convencional equivalente al 40% del valor total de la renta mensual por el plazo de duración del contrato”.

El 9 de mayo de 2012, la CNT, a través de su gerente César Regalado, puso en conocimiento de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel) los inconvenientes encontrados en ciertos terrenos en el país en los cuales es idóneo efectuar la instalación de infraestructura necesaria para el despliegue de la nueva red HSPA+ de la empresa. “A pesar de que los dueños de dichos inmuebles están prestos a colaborar con la CNT, los mismos tienen un limitante que es poseer actualmente un contrato de arrendamiento con la operadora Conecel dentro de los que estipula una cláusula de exclusividad”, dice la CNT.

De acuerdo a la denuncia presentada por la empresa pública a la Supertel, dichas cláusulas impiden a los propietarios de los inmuebles arrendar sitios a otras operadoras, aduciendo temas técnicos que no son verdaderos, puesto que la instalación de equipos e inmediaciones aledañas o dentro del mismo inmueble no provocan daños.

Agrega que la compartición de la infraestructura se encuentra reglamentada por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), razón por la cual es ilegal que en contratos de arrendamiento operadoras de telecomunicaciones incluyan cláusulas restrictivas que vayan en contra del ordenamiento jurídico vigente y, sobre todo, de regulaciones del sector.

Conecel apelará resolución
La Conecel, a través de un comunicado, rechaza la multa que le ha impuesto la Superintendencia del Control del Poder de Mercado, pues “lesiona indebidamente a la empresa”. “La magnitud de la sanción, a más de injustificada, violenta el principio constitucional de proporcionalidad de las penas”.

“Además, Conecel señala la existencia de serias inconsistencias que atentan contra el debido proceso y el derecho de defensa, como haberse impedido el acceso a pruebas declaradas “confidenciales”. Según la operadora privada, la denuncia de la CNT se refiere a solo 5 sitios que Conecel ha recibido en arriendo, en los que la empresa estatal alega no habría podido expandir su red.
“En las mismas zonas donde están esos 5 terrenos (y en todas las demás zonas) existen predios alternativos (bienes sustitutos), igualmente idóneos, por lo cual CNT bien pudiera actuando con eficiencia y sin ningún problema ni costos adicionales, instalar su infraestructura. No ha existido, no existe entonces barrera de entrada alguna para CNT, que no sea su falta de diligencia empresarial”, manifiesta Conecel.

El comunicado concluye mencionando que Conecel ejercerá los recursos que contempla la ley, “a fin de lograr una resolución conforme a derecho, que garantice el debido proceso y el derecho a la defensa, dentro de un marco de seguridad jurídica”.

Fuentes de la Superintendencia señalaron que el Conecel puede apelar la multa y reabrir el caso con el juez -el superintendente de Control del Poder de Mercado- y llegar a una segunda instancia. No dieron detalles del plazo para la apelación.

Datos

En octubre de 2012 la empresa pública Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT)   denunció un  "abuso de poder de mercado" contra el Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones (Conecel), que maneja la marca comercial Claro, por la conducta antijurídica tipificada en los numerales 1, 10, 19 del  artículo 9 de la Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado. El expediente fue sustanciado por la Intendencia de Investigación de Abuso de Poder de Mercado, Acuerdos y Prácticas Restrictivas.

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