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El Telégrafo

Réplica a artículo del 22 de mayo

27 de mayo de 2020 - 00:00

Esta comunicación tiene por objeto ejercer mi derecho a la réplica (...) con respecto al artículo titulado “Periodismo bastardo”, publicado en El Telégrafo el 22 de mayo de 2020, firmado por el columnista Xavier Villacís (https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/columnistas/15/periodismo-bastardo). Al respecto digo lo siguiente:

1.- El Directorio del Colegio de Periodistas de Los Ríos fue elegido el 19 de mayo del 2019, mediante elección democrática de sus miembros, entidad gremial que me honro en presidir.

2.- La Ley de Ejercicio Profesional de Periodistas señala en el Artículo 15.- cargos de desempeño exclusivo de los periodistas profesionales, los siguientes: directores, jefes, subjefes,  secretarios de redacción o de información, reporteros o cronistas, tituladores o correctores de estilo, etc. Por lo tanto, lo manifestado por el señor Xavier Villacís no tiene asidero legal ni moral, pues como he referido en la ley, es una obligación para las entidades públicas entregar el espacio al periodista para que ejerza las delicadas funciones de la comunicación.

El articulista pretende confundir a la ciudadanía como si los periodistas de Los Ríos servimos a determinado partido político y olvida que en la provincia existen 13 GAD municipales de distintas tendencias políticas; sin temor a equivocarme, todos ellos contratan a personas del gremio a efecto de que realicen la comunicación, porque esa es nuestra profesión; por lo tanto, queda claro que no servimos a nadie, sino que cumplimos el rol que la sociedad y la ley nos imponen. Quiero pensar que el articulista al que me refiero se ha equivocado en su apreciación, porque si lo ha hecho por desconocimiento, tenemos a una persona muy peligrosa tratando de ejercer el periodismo, por lo que enfrentará las acciones gremiales que se puedan ejercer.

El señor Xavier Villacís deja entrever que se estarían cometiendo delitos en los GAD municipales de la provincia de Los Ríos, pero no ejerce sus obligaciones como debe ser, pues el artículo 241 del Código Orgánico Integral Penal determina que cualquier persona que llegue a conocer que se ha cometido un delito de ejercicio público de la Acción, puede proponer una denuncia, sin perjuicio que asuma las consecuencias por denuncias maliciosas o temerarias, que es lo que debería hacer en lugar de emitir subterfugios en contra de quienes defendemos al gremio y estamos pendientes del cumplimiento del Artículo 15 de la Ley de Ejercicio Profesional del Periodista.

Un viejo adagio popular dice que todo ladrón juzga por su condición; al decir en el artículo que los periodistas cuando ejercemos cargos públicos nos convertimos en serviles, no se detiene a pensar que habemos comunicadores que honesta y profesionalmente realizamos nuestro trabajo, apegados a la ley y a base de nuestra capacidad y experiencia. (O)

Mgs. Leyda Campbell Suárez

Presidenta del Colegio de Periodistas de Los Ríos

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