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El Telégrafo
Luis Rosero

Código monetario: Reforma financiera (veto)

08 de septiembre de 2014

El veto al proyecto de ley del Código Monetario, enviado por el Presidente, recoge ciertos planteamientos de la banca y de la Asamblea Nacional, pero mantiene los aspectos principales de dicha norma.

En cuanto a las propuestas de la banca, se aclara que la intermediación financiera es un servicio de orden público y como tal, para proteger el interés de los clientes, es regulado y controlado por el Estado, y una de sus finalidades es preservar los depósitos. La banca tiene que cuidar los recursos de los clientes, y al regulador y ente supervisor le compete hacer cumplir este objetivo, pues está en juego la fe pública que, en el sistema financiero, se refiere al dinero de los depositantes. Por ello, cuando quiebra un banco, el seguro de depósitos devuelve los depósitos hasta el límite de la garantía, con lo cual el Estado, a través de la Corporación de Seguros de Depósitos, se encarga de administrar, de resarcir parcialmente las pérdidas de los clientes.

Esto tiene relación con la especificación de las causas de liquidación forzosa de una entidad financiera, entre las que destacan la deficiencia de patrimonio técnico, pérdidas de más del 50%, incumplimiento de programa de supervisión intensivo, etc.

En cuanto a la orientación y direccionamiento de los créditos que conceda el sistema financiero privado, por encima de los límites establecidos por la Junta de Regulación, se aclara que este organismo no podrá establecer individualmente la asignación de crédito a una persona natural o jurídica y, como habíamos mencionado en uno de mis artículos, debe considerarse el calce de los plazos del crédito. Otro planteamiento de la banca que fue aceptado se relaciona con los recursos del Fondo de Liquidez, los que no podrán invertirse en bonos del Ministerio de Finanzas.

Entre las propuestas de la Asamblea está la de crear un Fondo de Seguros Privados, al que aportarán todas las compañías aseguradoras, que servirá para resarcir, hasta cierto límite, las pérdidas que sufrirían los asegurados por la quiebra de esta clase de compañías. Es algo similar al seguro de depósitos que devuelve depósitos, hasta el monto de la garantía, cuando cierra un banco.

En cuanto a seguros privados, se incrementa el porcentaje de inversión obligatoria de las reservas pasando de 50 a 60%, lo que incentivará las operaciones en el mercado de valores y fondos de inversión, importante en esta coyuntura en que este se encuentra en declive. Relacionado con estos, está la decisión de que la Superintendencia de Bancos controle los fondos complementarios previsionales públicos y privados, que probablemente pasen a manos del Biess.

En cuanto a lo fundamental del Código, se mantiene una fuerte regulación, supervisión eficiente y seguro de depósitos que son los 3 pilares de la estabilidad financiera; se definen claramente las funciones del BCE (incluye dinero electrónico), se protege a los clientes, se establece el mecanismo de resolución, etc. No se afecta la dolarización y se protege la solidez y solvencia financiera.

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