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El Telégrafo

Aborto y Código Penal

30 de octubre de 2011

Entre los propósitos del Gobierno está, acertadamente, la reforma judicial en el Ecuador. Llamo la atención sobre un tema complejo que debe enfrentar la reforma legal: el aborto eugenésico y la interrupción terapéutica del embarazo.

Desde el punto de vista genético y con datos que arroja el trabajo diario con niñas, adolescentes y mujeres, que tienen enfermedades de sus genes y graves discapacidades, terribles alteraciones físicas y mentales, problemas sociales y económicos, dramas familiares y personales que desmiembran familias y producen suicidios, la propuesta del nuevo Código Penal plantea retrocesos en algunos puntos.

Se otorgan derechos al nonato (no nacido), considerando sujeto legal al embrión y al feto (lo que presupone que el Ecuador ya ha resuelto el dilema mundial sobre la definición de individuo legal o persona), convirtiendo el aborto en infanticidio. La sanción en tales casos sería de prisión entre 3 y 8 años; pero, si la mujer argumenta que ha abortado porque su honra ha sido dañada, la pena sería de entre 6 meses y 3 años. El mismo hecho se juzgaría de forma diferente.

Según una excepción legal vigente, el esposo o familiar de una mujer con retardo mental grave, imposibilitada de decidir, puede autorizar que se le practique un aborto terapéutico; pero de aprobarse el nuevo Código Penal, no se podrá interrumpir el embarazo ni siquiera en este caso y el personal de salud que lo haga cometerá un crimen.

Aunque el Código propuesto habla de aborto “terapéutico o eugenésico” (que no son sinónimos), su definición es errada y solo se contempla cuando la vida de la madre esté en peligro y en casos de violación o estupro de una mujer demente o idiota.

Nada se dice de las terribles malformaciones, las enfermedades genéticas incurables e intratables con estigmas de monstruosidad, ni de los problemas cromosómicos graves. Se pretende imponer con cerrados criterios moralistas, religiosos y tradicionales, reformas legales que no toman en cuenta los cotidianos dramas humanos de las familias y especialmente de las mujeres que llevan la mayor carga frente a estas tragedias.

Hay que recordar a los proponentes de las reformas legales, que en el país el 30% de discapacidades es de origen genético, que el 33% de mujeres en edad fértil ha tenido un aborto, 250 mil ilegales que han provocado la muerte del 6% de mujeres y apenas 200 legales.

La interrupción terapéutica y eugenésica del embarazo es una demanda social. Los legisladores tendrán que dilucidar sobre realidades concretas, escuchando criterios sin prejuicios, y con sensibilidad y humanidad.

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