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Un Estado que garantice los derechos constitucionales
La definición del Estado ha variado de acuerdo a las condiciones históricas, jurídicas y sociales con las que se formaron las naciones, particularmente, occidentales. Thomas Hobbes en el siglo XVII planteaba que los hombres están en estado de naturaleza: siguen sus impulsos irracionales, son egoístas, pasionales y no tienen interés en el bien común. Su célebre frase: “El hombre es el lobo del hombre”, servía de justificación para instaurar un poder común que los atemorice: el Estado, por lo cual, se inauguró el contrato social.
En el mismo siglo, Jhon Locke postulaba que en estado de naturaleza, el individuo es pacífico y vive en armonía. Sin embargo, la guerra entre los hombres se produce por la corrupción momentánea de ese estado. Por lo tanto, al igual que Hobbes, Locke abogaba por un pacto social, pero que surja del consentimiento y, que además, instaure límites al poder estatal y al control político, dando mayor relevancia al poder legislativo.
En el siglo XIX, el jurista francés Jean Jacques Rousseau, de igual manera, asumía que los hombres en estado de naturaleza viven en plenitud. Sin embargo, Rousseau planteaba que con el avance de la división internacional del trabajo y la introducción del concepto de propiedad privada, se generaban valores adversos en la sociedad, como la envidia y la codicia. Es decir, con el avance del desarrollo capitalista, Rousseau sugería que se debía crear un contrato social que devenga en un Estado-nación- sociedad.
En el mismo siglo de Rousseau, a Karl Marx también le interesaba la cuestión de la formación del Estado, en tanto articulador entre la sociedad y su base de producción económica. Asumía que el Estado y la burocracia sirven a la dominación de una clase o fracción de ella, por lo que, se debía tener cierta autonomía política, ya que la burocracia va direccionando los procesos sociales.
Finalmente, un pensador esencial de principios del siglo XX fue Max Weber, quien trabajó esta temática desde un método histórico comparativo. Su concepto clave en la formación de los Estados fue el de la “acción social”, tanto de individuos como de colectivos sociales. Planteaba tres tipos de acción social que históricamente aparecen en las formas en que una sociedad se desarrolla: tradicional, carismática, y racional. Por lo tanto, el Estado debe armonizar las tres para el pleno desarrollo de una sociedad.
Entrada la segunda mitad del siglo XX, con agendas neoliberales en la mayoría de países de Latinoamérica, se propuso reducir el la participación y tamaño del Estado, en tanto el mercado fue considerado como el adecuado armonizador de las relaciones sociales, económicas y políticas.
Actualmente, en el Ecuador, se genera un giro epistémico en la forma como se concibe al Estado, pues según la normativa existente, es la representación institucional del bien común y es el que debe proveer de derechos constitucionales a la ciudadanía, como son la salud y la educación. El reto, por lo tanto, es fortalecer esta nueva relación entre el ser humano y las instituciones sociales.