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Un código integrador

Un código integrador
28 de agosto de 2013 - 00:00

El nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) que está en proyecto tiene tres grandes ventajas. La primera es que ha incorporado una serie de normativas en materia de derecho internacional, pues hemos tenido operativas ciertas sanciones que realmente no operan ya internamente. Hay un gran listado de delitos que están contra la humanidad, como son el tema de la tortura, la privación de libertad, la trata de personas, etcétera, y que ahora se tipifican claramente.

Otra ventaja es que unifica todas las normas que han estado en otras leyes especiales, como son la Ley de Sustancias Psicotrópicas, la Ley contra la Violencia de la Mujer y la Familia, la Ley de Tenencia de Armas, y algunas más. Incluso el COIP va más allá, pues señala que si el contenido de alguna norma legal penal no está  en este nuevo código, significa que no es penal. Eso quiere decir que si a un legislador se le ocurre crear una nueva ley para sancionar algún tipo de delito fuera del nuevo Código Integral Penal no lo va a poder hacer y no va a tener eficacia esa norma.

El nuevo código impulsará la aplicación de la oralidad, eso será de gran ayudaAsimismo, hay una serie de ventajas en el sentido de la ejecución de penas, ya que es una ley que estaba muy aparte de las normas penales. Destaca también el punto sobre los adolescentes infractores, ya que el proyecto establece que se emitan ciertos informes mensuales por cada adolescente infractor, es decir que habrá más control sobre los jóvenes. Una tercera ventaja que podríamos atribuir al COIP es que realmente sí se aplicará el tema de la oralidad.

Además, con la nueva normativa se establece un gran sistema que protege al testigo, ya que ahora es evidente que el testigo muchas veces no quiere participar de los casos por no meterse en problemas. Por medio de este nuevo código se compromete al testigo como una persona importante de la acción penal, habrá un gran sistema de protección y eso dará las facilidades para que cada acción tenga todos los soportes, testimonios y pruebas que se puedan requerir.

A la par de esto, debe haber una gran capacitación y mayor difusión a los operadores de justicia, no solo de los jueces sino de los fiscales, directores de los centros de rehabilitación social, defensores públicos, etcétera.

Finalmente, el COIP no solo que tiene las normas sustantivas penales, además, tiene el Código de Procedimiento Penal, que establece las normas adjetivas en materia penal, y aparte de eso integra la forma de las ejecuciones de penas. Eso es un gran avance de este sistema que es realmente articulado, puesto que hasta ahora el fiscal actúa de una forma, el juez de otra, asimismo el director del centro de rehabilitación social, y lo que se aspira es a tener una sola unidad en lo que se refiere al sistema penal.

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