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$ 8.500 deberán pagar los representantes de Unión Constructora

$ 8.500 deberán pagar los representantes de Unión Constructora
19 de enero de 2015 - 18:24

La Superintendencia de Control del Poder del Mercado (SCPM), a través de la Comisión de Resolución de Primera Instancia, emitió una resolución administrativa que sanciona a los exadministradores de la empresa Unión Constructora- en liquidación- por haber realizado y materializado prácticas de engaño a los ciudadanos en general.

Agapito Valdez, presidente de la Comisión de Resolución de Primera Instancia detalló que la sanción con las respectivas multas se notificó el 13 de enero por intermedio de la Superintendencia de Compañías a su liquidadora.

La multa equivale a 25 Remuneraciones Básicas Unificadas ($ 8.500) con base al salario anterior, es decir de $ 340. Esta pena se aplicará a cada uno de sus representantes legales, que son: Mario Javier Pachacama Pérez, presidente; Yadyra Dolores Torres Carvajal, gerente general; Margarita Guadalupe Pérez Ayala, gerente general; Doris Paola Pachacama Pérez, presidenta, Martha Janeth Buenaño Salguero, gerente general y Juan Francisco Velasco Ávila.

El Intendente de Investigación de Prácticas Desleales de la SCPM, en el Informe SCPM-IIPD-2013-13, detalló los actos de engaño tipificados en el artículo 27, numeral 2 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (Lorcpm), realizados por el operador económico Unión Constructora (Uniconstruct S.A), que es una conducta y actuación en las propagandas y difusión de publicidad de afirmaciones sobre productos o servicios que no son veraces y exactos.

Según la resolución, los implicados deberán pagar dentro del término de 5 días contados a partir de la fecha de la resolución. En el caso de no hacerlo se notificará a la Dirección Financiera para que emita el respectivo título de crédito y se ejecute por la vía coactiva.

Fernando Benítez, miembro de la Comisión de Resolución de Primera Instancia detalló que esta sanción será para dejar un precedente en el caso de entidades que trabajen de forma irregular.

La Scpm aclara que la sanción impuesta es independiente de los juicios abiertos en contra de la mencionada empresa y sus exadministradores.

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