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Reformas penalizan el abuso sexual a mascotas

Reformas penalizan el abuso sexual a mascotas
21 de agosto de 2019 - 00:00 - Redacción Justicia

Veinte perros rescatados, que habitaban en tres fundaciones de animales, en Quito, murieron entre el viernes 12 y sábado 13 de julio de este año.

La Fundación Acción Animal Ecuador informó que -de forma ingeniosa- se introdujo veneno en bolsas de alimento. Ya se inició la investigación, pero hasta el momento no se ha encontrado a los responsables.

En menos de un mes en Manta (Manabí) fueron envenenados 17 gatos y un perro de raza pitbull. La necropsia determinó que los animales ingirieron veneno para ratas. Tampoco hay presuntos autores, mucho menos sanciones.

Dirigentes del Colectivo Animales Manta (AMan) en la Fiscalía Distrital,  con Iván Murillo, director de Medio Ambiente del Municipio, presentaron la denuncia. El personal no receptó la queja por tratarse de una contravención y no de un delito.

Esa es la situación que desean cambiar los activistas por los derechos de los animales: incrementar las penas por maltrato y que los casos sean considerados un delito. 

Por ello, esperan que se aprueben las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que están en segundo debate en la Asamblea.

Las reformas planteadas son lideradas por la organización Protección Animal Ecuador (PAE). Hugo Echeverría, abogado de la entidad, indicó que en 2018 la Comisión de Justicia recibió los argumentos jurídicos que justifican la necesidad de sancionar el maltrato. Y en marzo de este año se presentó la propuesta con cinco ejes.

Propuestas y sanciones
El primer eje consiste en tipificar el maltrato como delito. Segundo, que la protección se amplíe a los animales de fauna urbana, según el Código Orgánico del Ambiente (animales de trabajo, de consumo y de experimentación).

El tercer punto es que se tipifiquen nuevos delitos, como  la zoofilia (relaciones sexuales); el cuarto, que se incluyan circunstancias agravantes. Es decir, sanciones por maltratos a hembras, cachorros o gerontes (viejos). El quinto punto contempla una pena por el retiro del animal.

Para Andrea Molina, vocera del Movimiento Animalista Nacional, la principal reforma es que se catalogue como un delito el maltrato, abuso sexual o muerte del animal, de tal forma que la Fiscalía inicie una investigación sobre estas causas.

Shadi Heredia Santos, coordinadora de campaña en la Fundación Protección Animal, explicó que el maltrato, considerado como contravención, tiene una pena máxima de entre tres y siete días de prisión. Si el animal no muere la sanción es de 50 a 100 horas de trabajo comunitario. “Esto “tiene que ser elevado a delito”.

Cristina Alarcón, vocera del Movimiento Animalista Nacional, advirtió que el endurecimiento de las sanciones son para que se genere un respeto en la conducta de los ciudadanos.

Para Sebastián Palacios, integrante del Grupo Parlamentario Bienestar Animal, “es increíble que se mate a un perro y se sancione con uno a siete días de prisión. Buscamos que sean penalizados en todos los casos”.

Cifras de la población canina
Stella De la Torre, decana del Colegio de Ciencias Biológicas y Ambientales (Cociba) de la Universidad San Francisco de Quito, mencionó que la norma también debe fortalecerse para sancionar el abandono de mascotas como una falta. 

En Ecuador no existen estudios poblacionales de mascotas. En octubre de 2018 se presentó el primer censo ciudadano de perros abandonados en Quito. El informe determinó que hay un perro abandonado por cada 22 personas (ver cuadro). Mientras que en 2013 había un can por cada 49 habitantes.

Modificaciones en la norma
Ximena Peña, presidenta de la Comisión de Justicia, expuso ante el pleno de la Asamblea  las propuestas para sancionar estos hechos.

El artículo 249 sanciona a las personas que causan lesiones a mascotas o animales de compañía con una pena de entre 50 y 100 horas de servicio comunitario. La propuesta plantea una pena de entre dos y seis meses de cárcel.

El artículo 250 castiga a las personas que organizan peleas entre perros con una pena de entre siete y 10 días de prisión.

En caso de ocasionar lesiones, mutilaciones o muerte del animal, se dará una pena de cárcel de entre 15 y 30 días.

A continuación de este artículo se incluye una sanción  por caso de abuso sexual,  de entre seis meses y un año de prisión. Si se produce la muerte de uno a tres años. (I) 

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