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Nuevo Código de Procesos establece 22 trámites voluntarios que serán atendidos por notarios

El presidente del Consejo de la Judicatura explicó las principales ventajas del nuevo código. Foto: John Guevara / EL TELÉGRAFO
El presidente del Consejo de la Judicatura explicó las principales ventajas del nuevo código. Foto: John Guevara / EL TELÉGRAFO
13 de mayo de 2015 - 13:59

Ecuador atraviesa uno de los momentos más importantes en la historia de su sistema de justicia, con la aprobación del Código Orgánico General de Procesos (COGP), señaló esta mañana Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura. 

Durante un rueda de prensa, el titular de la Judicatura destacó las principales características de este instrumento legal que fortalecerá el proceso de renovación del sistema jurídico ecuatoriano, detalló un comunicado emitido por el CJ. 

Jalkh indicó que ahora, con esta normativa, será posible tomar decisiones en audiencias e implementar la oralidad procesal en todas las materias no penales, ya que que el nuevo Código promueve el principio de buena fe procesal ya que desde ahora, actores y demandados deben presentar las pruebas desde el inicio de una causa.

“Con este Código la agilidad dependerá más de los jueces que de las partes. Ahora, tanto el actor, como el demandado tienen mayores posibilidades de tener un juicio justo y serio; y los jueces podrán garantizar una administración muchísimo más rápida”, señaló.

Otras de las virtudes es que promueve la mediación como método alternativo de solución de conflictos. Además, establece 22 trámites de jurisdicción voluntaria que serán atendidos exclusivamente por los notarios. Por ejemplo, divorcios por mutuo consentimiento, siempre que no haya hijos; demarcación de linderos, cuando no hay conflicto; inscripción de matrículas, etc.

Asimismo, el COGP reduce las vías procesales de 80 a 4 (Ordinaria, Sumaria, Ejecutiva y Monitoria) y contempla una reforma por la cual los abogados, en libre ejercicio, podrán apelar las sanciones que les hayan sido impuestas por parte de los jueces.

Jalkh añadió que las normas del COGP que reforman el Código Orgánico de la Función Judicial, la Ley Notarial y la Ley de Arbitraje y Mediación serán implementadas de inmediato. Asimismo, aquellas que regulan los períodos de abandono de las causas, la solicitud de copias certificadas y el registro de contratos de inquilinato.

Por ejemplo, a partir de la publicación del COGP en el Registro Oficial, los conjueces de la Corte Nacional de Justicia decidirán sobre la admisibilidad de un recurso de casación de forma unipersonal y ya no como parte de un tribunal.

De la misma forma, desde este mes, regirá la disposición por la cual el Consejo de la Judicatura certificará y aprobará el funcionamiento de todos los centros de arbitraje.

Los plazos

Según informó la Judicatura, en 180 días, se implementarán las disposiciones que regulan los remates judiciales. El COGP establece un nuevo sistema informático mediante el cual la ciudadanía podrá conocer los bienes que serán rematados y participar de la subasta a través de la presentación de ofertas a nivel nacional.

“Hoy por hoy, este sistema puede prestarse a trampas, a desvalorizar lo rematado y a perjudicar a quien quiere subastar su bien. Con esta disposición se transparentará el proceso”, señaló Jalkh.

En 12 meses, entrarán en vigencia todas las disposiciones procesales estipuladas en el Código. Esto porque es necesario capacitar a los jueces, secretarios y ayudantes judiciales encargados del manejo de las audiencias orales.

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