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Los jueces declaran extinguida la pena para los encubridores

La CNJ ratificó la sentencia en caso Rebutty

La CNJ ratificó la sentencia en caso Rebutty
11 de junio de 2016 - 00:00 - Redacción Justicia

Como improcedente fue declarado el recurso de casación a la sentencia, interpuesto por la defensa de los cuatro condenados en el caso del asesinato de Cinthya Rebutty Troncoso.

El presidente de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, Marco Maldonado, explicó que, de acuerdo con los artículos 76 y 62 de la Constitución, en el proceso “no se fundamentó en qué parte de la sentencia existe error de derecho”.

El magistrado insistió en que se debe precisar la norma que se infringió en esta causa, tras recordar que ese tribunal está impedido de valorar la prueba, de acuerdo con el artículo 349 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La resolución declara, sin embargo, la extinción de la pena respecto a los encubridores del delito, Christian R.P., exadministrador de la urbanización; y del guardia de seguridad, Legner G.B., a quienes se les impuso un año de prisión correccional. Pero se ratifican las penas para Carlos Alfredo R.L. y Miguel Ángel V.S., condenados a 25 años y 12 años con 6 meses de prisión, respectivamente, dictadas el 16 de noviembre de 2013.

César Naranjo, abogado de los familiares de la víctima, pidió que se acoja la decisión judicial sobre la reparación integral de víctimas.

El hecho ocurrió el 24 de julio de 2012, luego de que la víctima ingresara a la urbanización La Joya, en la vía a Samborondón. Posteriormente, el cuerpo de la joven fue abandonado, durante la noche, en la vía Salitre-Guayaquil. (I)

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