Ecuador, 15 de Mayo de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Corte Constitucional reconoce sistema penal ordinario, aun en los casos que involucren a personas indígenas

Patricio Pazmiño, presidente de la Corte Consititucional, leyó la resolución. Foto: John Guevara/ EL TELÉGRAFO
Patricio Pazmiño, presidente de la Corte Consititucional, leyó la resolución. Foto: John Guevara/ EL TELÉGRAFO
30 de julio de 2014 - 13:10

La Corte Constitucional resolvió esta mañana la acción extraordinaria de protección interpuesta por Víctor Manuel Olivo Pallo, el 8 de junio de 2010, en contra de la comunidad indígena La Cocha por el caso de ajusticiamiento indígena que se produjo en el lugar.

Patricio Pazmiño, presidente de la CC, señaló que la CC considera que no se ha vulnerado derechos constitucionales, tanto en el ejercicio de la administración de justicia indígena por parte de la Asamblea General Comunitaria de La Cocha, como tampoco por parte del Ministerio Público y la judicatura penal ordinaria.

En ese sentido la Corte declara que "no se ha configurado el non bis in idem o doble juzgamiento" en este caso.

Señaló que la Asamblea General Comunitaria del pueblo kichwa Panzaleo es la autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los conflictos internos en sus territorios.

Sin embargo, la CC estableció normas de aplicación obligatoria para autoridades indígenas, administrativas y jurisdiccionales, así como medios de comunicación públicos, privados y comunitarios.

Resolvió que la jurisdicción y competencia para conocer, resolver y sancionar los casos que atenten contra la vida de toda persona, es facultad exclusiva y excluyente del Sistema Penal Ordinario, aun en los casos en que los presuntos involucrados y los supuestos responsables sean ciudadanos pertenecientes a las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, así los hechos ocurran dentro del ámbito territorial de una comunidad, pueblo o nacionalidad indígena.

Sin embargo, considera que la administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para conocer y dar solución a los conflictos internos que se producen entre sus miembros dentro del ámbito territorial y que afecten a sus valores comunitarios.

La Corte Constitucional, asimismo, dispuso como obligación de todo medio de comunicación público, privado y comunitario que para la difusión de casos de justicia indígena, previamente, se obtenga autorización de las autoridades indígenas concernidas. Además, señala que se deberá comunicar los hechos asegurando la veracidad y contextualización, reportando de manera integral los procesos de resolución de conflictos internos y no solo los actos de sanción. 

La CC también determinó al Consejo de la Judicatura que organice un proceso sistemático de difusión de la sentencia con todos los operadores de justicia relacionados. Pide diseñar una política institucional apropiada para lograr una eficaz y "generalizada implementación administrativa, financiera de las instancias de cooperación y coordinación intercultural". 

También solicitó un proceso de socialización de la sentencia, por parte del Ministerio de Justicia, en conjunto con la Defensoría Pública, Del Pueblo y la Secretaria de la Política. 

Según Pazmiño, la resolución se tomó con el voto favorable de seis jueces, un voto salvado y dos ausentes. 

El titular de la entidad dijo que la alta complejidad del caso, así como la diversidad de criterios y opiniones, "impidieron  reiteradamente desde la época de la Corte Constitucional para la transición llegar a consensos y unanimidad". 

Pazmiño señaló que se necesitó una profunda investigación "que aporte criterios para una adecuada interpretación intercultural" y que esas causales impidieron que el caso se resuelva con celeridad. Pidió compresión y disculpas a las partes interesadas.  

El presidente precisó que por la naturaleza inédita y pionera de la decisión se debe convocar a a las partes, "para que cada cual, en el marco de sus responsabilidades, contribuyamos a la mejor, oportuna aplicación de la sentencia en aras del fortalecimiento cada vez más creciente de un Estado constitucional de derecho y justicia".

La sentencia se publicará en español y kichwa en un diario de circulación nacional.

Al término de la lectura de la resolución, no se permitió preguntas de los representantes de los medios de comunicación. 

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media