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17.238 internos participaron en las videoconferencias

La mayor cantidad de audiencias por videconferencias se realiza en los Centros de Rehabilitación Social (CRS).
La mayor cantidad de audiencias por videconferencias se realiza en los Centros de Rehabilitación Social (CRS).
Foto: Carina Acosta / El Telegrafo
29 de mayo de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

El 13 de noviembre de 2002, un comando armado liberó a José Pepe Aníbal Guerrero Calderón, alias ‘Pepe Guerrero’, uno de los hampones más peligrosos de la época.

La fuga ocurrió cuando el vehículo de la entonces Dirección Nacional de Rehabilitación Social (DNRS) trasladaba al delincuente, desde la Corte Provincial de Justicia de Guayas hasta la Penitenciaría del Litoral, tras salir de una audiencia preliminar con el juez Sexto de lo Penal, Manuel Bustamante.

“A este tipo de hechos estaban expuestos ciertos actores de la administración de justicia; pero ahora eso ha sido superado con la implementación de las audiencias mediante videoconferencias”, mencionó el director provincial (e) del Consejo de la Judicatura (CJ) de Guayas, Julio Aguayo Urgilés.

Desde 2013 hasta 2016 se realizaron 21.333 audiencias por videoconferencias. La mayoría de estas está programada para la comparecencia de personas privadas de la libertad (ppl).

El CJ revela que en el período 2015-2016, un total de 17.238 detenidos en los Centros de Rehabilitación Social (CRS) del país asistió a este tipo de diligencias, lo que evitó la inseguridad en los traslados y permitió ahorrar en la movilización.

“Básicamente, las audiencias por videoconferencias pueden ser solicitadas por un juez o por el fiscal actuante a petición de las partes, considerando la dificultad en el traslado de testigos, peritos o acusados”, manifestó Aguayo, director nacional de Gestión Procesal.

Considerando que el costo por traslado de una persona privada de la libertad es de $ 250; entre 2015 y 2016, el plan de videoconferencias en la administración de justicia   permitió, según las cifras del CJ, un ahorro de $ 4’309.500. “Por ejemplo, un testigo policía que está en otra ciudad diferente a donde se sustancia un proceso penal, puede dar su testimonio por videoconferencia; lo cual en términos generales deriva en un ahorro procesal”, sostuvo Aguayo.

El abogado Carlos Burgos, con más de 20 años en el ejercicio profesional, coincide con el director del CJ y particularmente destacó la agilidad procesal que significa el no aplazamiento de audiencias por la no comparecencia de testigos, imputados o peritos. “Las videoconferencias en el sistema judicial ecuatoriano han significado un avance en el camino hacia el respeto a los derechos humanos de víctimas y victimarios”.

William Aguilar Martillo, fiscal de la Unidad de Delitos Flagrantes de Guayas, destacó la agilidad procesal, la seguridad y la movilización de los actores de un proceso. “Las videoconferencias han terminado con el peligro que significaban los constantes traslados de privados de la libertad desde las cárceles hasta los tribunales del país. El sistema ha ayudado a reducir costos”.

Aguilar recordó que las videoconferencias son programadas 48 horas antes de las audiencias.

La Judicatura de Guayas posee 14 equipos para videoconferencias, de los cuales ocho son fijos y seis móviles, compuestos por un software, una pantalla, dos parlantes, una cámara, dos micrófonos y un codificador, que están instalados en las salas de los tribunales.

“Los equipos de videoconferencias fijos están en los tribunales donde hay mayor demanda de audiencias y los móviles son usados en las unidades de flagrancia”, agregó Aguayo.

El fiscal Víctor González, también de la Unidad de Flagrancia de Guayas, resaltó otro valor agregado que trae el uso de la tecnología. “Las audiencias por videoconferencias permiten la no revictimización, o se evita el contacto del victimario con la víctima, lo cual está garantizado constitucionalmente”.

El funcionario valora también el ahorro procesal que significa la asistencia de testigos que están en otras ciudades distintas al sitio donde se realiza la audiencia.

“Personalmente he corroborado que muchas de estas audiencias permiten la comparecencia de privados de la libertad en régimen de máxima seguridad especial en la cárcel regional”, dijo.

 Las videoconferencias permiten garantizar los derechos procesales de la parte acusadora, como la Fiscalía y los defensores. “La toma de estos testimonios permite cumplir con el sistema oral de nuestro marco legal”, expresó González.

El director provincial de la Judicatura (e) ratificó que la comparecencia de los testigos o de los acusados mediante videoconferencias no viola ningún derecho, porque se garantiza la rapidez y agilidad de los procesos. (I)

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