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Reformas contemplan la reserva del denunciante

Reformas contemplan la reserva del denunciante
Foto: Archivo / El Telégrafo
28 de diciembre de 2019 - 00:00 - Redacción Justicia

Por razones de seguridad y con el propósito de preservar la integridad física, psicológica y material se reservará la identidad de las personas que denuncian 15 tipos de delitos.

Así lo establece el artículo 78 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que modifica el artículo 430 de la normativa vigente.

La denuncia con reserva de identidad se aplicará para los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta para realizar tráfico de influencias y testaferrismo.

También en lavado de activos, asociación ilícita, delincuencia organizada, producción y tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, enriquecimiento privado no justificado, trata de personas, tráfico ilícito de migrantes o sicariato.

El fiscal Multicompetente César Peña precisó que la reforma entrará en vigencia en junio de 2020. En ese lapso la Fiscalía deberá hacer un reglamento para regular los códigos alfanuméricos que servirán para guardar la información de los denunciantes.

El artículo 78 del COIP especifica que se mantendrá un registro cronológico de las personas que intervengan en el trámite con la reserva de identidad, quienes quedarán impedidas de divulgar la información que conlleve a saber quién es el denunciante.

Peña mencionó que una de las desventajas de esta normativa es que aparecerán denuncias asentadas por mala fe para perjudicar a alguna persona.

Evitar el abuso y mal uso

El abogado Julio César Cueva opinó que la intención de reservar la identidad es buena e incentivará a las personas a evidenciar actos de corrupción sin temor a retaliaciones. “Sin embargo, no es menos cierto que deja un vacío. ¿Qué pasa si la denuncia es falsa o se hizo con fines de persecución o venganza?”.

Para Cueva es indispensable aclarar en la normativa que, sin perjuicio de la reserva de identidad, el denunciante tendrá que reconocer la firma del documento; esto será reservado y no se adjuntará al expediente. “Deberá aclararse este punto para evitar el abuso y mal uso de la figura legal de la denuncia reservada”.

El juez de Garantías Penales Abraham Cheing manifestó que la reserva se aplicará al nombre, pero los casos continúan siendo públicos. “Quieren animar a las personas a que tengan confianza de denunciar cuando conozcan sobre esa clase de delitos. Darles la confianza de que no se los expondrá”.

El magistrado agregó que luego de eso se confirmará si realmente existe o no el acto ilícito denunciado. Cheing puso como ejemplo la línea de denuncias 1800-Delito (335487) o 1800-Drogas (376427). “Este funciona muy bien. Las denuncias son anónimas, se investiga y se aprehende a los implicados”.

Un agente de inteligencia de Antinarcóticos manifestó que la reserva ayuda mucho porque es difícil que en ciertos temas los ciudadanos se arriesguen a delatar a los delincuentes.

Sistema de protección

De acuerdo con la reforma, la persona que denuncie podrá solicitar el ingreso al Sistema Nacional de Protección y Asistencia a Víctimas Testigos y otros participantes del proceso penal. Además pedir que se le otorgue una o varias medidas de protección. La o el fiscal valorará la pertinencia de la solicitud. (I)

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