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El Telégrafo
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“La democracia representativa clásica está en crisis”

“La democracia representativa clásica está en crisis”
11 de noviembre de 2013 - 00:00

Las cortes constitucionales son en esencia protectoras de los derechos. A ellas acuden los ciudadanos en busca de acciones de protección por violaciones en los procesos judiciales o incumplimiento en el reconocimiento de los derechos, además  se encargan de la interpretación de los preceptos constitucionales o resuelven conflictos de competencia.

Por eso la importancia de entender el rol de esta institución en las sociedades como máximos tribunales de justicia. “Hay que tener presente un concepto que es el de  la Constitución como cultura. En otras palabras, el sistema que cada Estado define como el más apropiado para generar la justicia  constitucional  tiene que ver con sus propios procesos y con su propia historia”, afirma Marisol Peña, presidenta del Tribunal Constitucional de Chile.

La magistrada asumió la presidencia del organismo judicial de su país hace dos meses y es la primera mujer que accede a tan alto cargo judicial. De acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional, la Corte está  compuesta por 10 miembros que eligen  por mayoría a quien asume la presidencia, por dos años. “No hay impedimento de reelección, pero hemos sido bastante rotativos para que todos los ministros integrantes tengan la oportunidad de  imprimir su visión en la presidencia”.

La abogada, con más de 30 años de carrera, considera que la verdadera  legitimidad de la actuación de la justicia constitucional  radica en sus fallos, los que tienen que traducir lo que “la Constitución dice no lo que debiera ser, porque es muy  fácil para el juez constitucional sucumbir a la tentación de modelar o de manipular la  Constitución, sustituyendo al constituyente; por lo tanto,  cuando  el juez constitucional aplica  la Constitución como  ha sido aprobada,  es cuando se está legitimando, respondiendo a las necesidades del pueblo”.

¿A quiénes defienden las cortes constitucionales?

Las sociedades han evolucionado a un momento en que basta que  una persona  haga presente el atentado a un derecho para que la protección que se brinde beneficie a muchas personas por igual, esto es lo que sucede exactamente con el medio ambiente o con el consumidor. Usted puede ser el afectado por un atentado contra el medio ambiente o por un atentado contra el consumo. Si usted logra  la protección, muchas personas que a lo mejor usted no conoce van a ser beneficiadas por la decisión del juez,  por lo tanto me parece fundamental hacerse cargo de esta nueva dimensión del derecho.

¿Las constituciones deben proteger también al  medio ambiente?

Es una tendencia muy importante. Los estándares que tienen los tribunales de justicia es por haber favorecido en forma muy importante la protección ambiental.

Esta área es muy difícil de tratar en los tribunales, porque las administraciones se escudan en lo que se llama la discrecionalidad técnica, en este tipo de asuntos lo que está en juego  son derechos fundamentales,  el derecho a la vida, el derecho a la salud de las personas,  el derecho a respirar  un ambiente sano,  lo cual hay que garantizar y proteger.

¿La Constitución ecuatoriana está en esta línea?

Me parece que la Constitución ecuatoriana  del año 2008 es muy novedosa, interesante e incluso desafiante, porque hoy en día el problema de la justiciabilidad de los derechos sociales es un problema en muchos países, porque no se le dan herramientas al juez para  hacer que el gobierno de turno otorgue un reajuste o impida una medida regresiva respecto a un derecho social, porque se dice que eso es materia de las políticas públicas. Como esto está  tan cuestionado,  a mí me parece, por lo que conozco de la Constitución ecuatoriana, que entrega elementos para que el  juez pueda brindar soluciones a problemas de la sociedad. La veo una constitución moderna, particularmente interesante desde dos puntos de vista de   la justiciabilidad, de los derechos sociales,  que es algo muy importante, y en segundo lugar por los niveles de participación ciudadana, porque es evidente que en nuestras sociedades  la democracia representativa clásica  está, llamémoslo así,  sufriendo cierta crisis,  o al menos está en cuestionamiento.

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