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Juez llama a juicio a 4 procesados por delincuencia organizada

La audiencia preparatoria de juicio por delincuencia organizada, se cumplió en el Complejo Judicial Norte.
La audiencia preparatoria de juicio por delincuencia organizada, se cumplió en el Complejo Judicial Norte.
Foto: Mario Egas / El Telégrafo
04 de mayo de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

El juez de la Unidad de Garantías Penales, Patricio Baño, acogió el pedido de la Fiscalía y llamó a juicio a los imputados Carlos P.Y. y Diego T., Marco C. e indicó que se suspende la etapa de juicio por el delito de delincuencia organizada para el primero de los mencionados y Arturo E., por hallarse prófugos.

Baño dispuso que de acuerdo con los numerales 14 y 15 del artículo 563 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), “se suspende la etapa de juicio para los procesados Carlos P.Y. y Arturo E. hasta que sean detenidos o se presenten de manera voluntaria a juicio”.

  Durante la audiencia, el juez señaló que de acuerdo con el informe de Asistencia Penal de Panamá se realizaron transferencias desde la empresa offshore Gilbra, cuyo representante es Álex B. hacia las empresas Kilkenny Bahamas, de Marco C.; Escart, de Arturo E. y Capaya, beneficiario Carlos P.Y.

Esa información fue corroborada por la Unidad de Análisis Financiero y por el informe pericial, por lo que niega la exclusión de la prueba solicitada por la defensa.

Además ratificó las medidas cautelares dictadas contra los procesados a fin de garantizar su comparecencia en el juicio.

Este es el tercer proceso en contra de Carlos P.Y. El 15 de febrero de 2017, el Tribunal Penal de Pichincha lo sentenció a cinco años de pena privativa de la libertad junto a 10 procesados como autores y seis en el grado de cómplices de cohecho.

El 17 de marzo de 2017, la jueza nacional Silvia Sánchez llamó a juicio a Carlos P.Y., por el presunto delito de enriquecimiento ilícito.

Otras sentencias en este caso

Por delincuencia organizada, el 28 de abril de este año, el exgerente de Petroecuador, Álex B., se acogió al proceso abreviado, y el juez falló a favor de Eduardo V. y Luis O. por considerar que no encontró suficientes elementos en su contra.

Álex B. fue sentenciado a 40 meses de pena privativa de libertad en calidad de colaborador por el delito de delincuencia organizada, establecido en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El juez Baño le impuso una multa de $ 4.500, además deberá pagar $1’298.000 a Petroecuador como reparación por los daños cometidos contra la estatal.

Álex B. aceptó, mediante videoconferencia, haber cumplido el rol de colaborador al efectuar transferencias desde la firma Girbra hacia las empresas Kilkenny Bahamas, Escart y Capaya.

El fiscal José Maldonado argumentó que en Petroecuador existió una presunta organización conformada por gerentes y subgerentes que tenían conocimiento de los contratos y que habrían recibido ‘coimas’ que fueron transferidas a cuentas de empresas offshore radicadas en Panamá y las Bahamas.

La judicialización del caso por delincuencia organizada en Petroecuador inició el 11 de noviembre de 2016, por la Fiscalía, luego de los allanamientos efectuados en domicilios y oficinas.

Los procesados Marco C., Diego T., y Álex B. están con prisión preventiva y Arturo E. y Carlos P.Y. se encuentran prófugos.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 563, numeral  14, señala que “Si la persona procesada está prófuga, después de resuelta la etapa de evaluación y preparatoria de juicio, la o el juzgador suspenderá la iniciación de la etapa de juicio hasta que la persona procesada sea detenida o se presente físicamente de manera voluntaria.

Mientras que el numeral 15 indica que “Si son varias las personas procesadas y están prófugas y otras presentes, se suspenderá el inicio del juicio para las primeras y continuará respecto de las segundas”.  (I)

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