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26 años de privación de libertad por femicidio para expareja de Sharon

La audiencia se desarrolló en la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena. Foto: Karla Naranjo/El Telégrafo
La audiencia se desarrolló en la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena. Foto: Karla Naranjo/El Telégrafo
29 de octubre de 2015 - 19:51

Luego de casi cuatro horas de deliberación, el Tribunal Primero de Garantías Penales de Santa Elena declaró culpable del delito de femicidio a Geovanny L., procesado por la muerte de su expareja, la cantante Edith Bermeo Cisneros , conocida como ‘Sharon, la hechicera’.      

La audiencia de juicio culminó la noche del jueves 29 de octubre tras nueve días, en la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena. El acusado fue sentenciado a 26 años de privación de libertad, multa de 800 salarios básicos del trabajador y una reparación integral a la familia de la víctima por $ 100 mil.

El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el femicidio con pena privativa de libertad de 22 a 26 años. Entre los agravantes constan que hayan existido relaciones conyugales o de convivencia que impliquen confianza o sometimiento.       

También el hecho de que el delito se produjo en presencia de hijos u otros familiares, que el cuerpo de la víctima fue expuesto en un lugar público y que el acusado intentó huir de la escena del crimen.

El abogado defensor de Geovanny L., Ítalo Palacios, indicó que apelarán el fallo en cortes internacionales.

La madrugada del 4 de enero de este año, ‘Sharon’ se dirigía desde la comuna Olón (Santa Elena) hacia Guayaquil, en compañía de su hijo, de 3 años; y su pareja Geovanny L. Cuando circulaban por la vía Olón-San Pablo, el carro se detuvo y Sharon salió del vehículo, en ese momento otro carro la atropelló. El conductor Luis C. resultó inocente del accidente de tránsito. (I)

Samantha Grey, hija de la artista fallecida, a su arribo a la audiencia. Foto: Karly Torres / EL TELÉGRAFO

 

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