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A los 14 años mató a su padre por defender a su progenitora

A los 14 años mató a su padre por defender a su progenitora
Ilustración: El Telégrafo
04 de diciembre de 2018 - 00:00 - Redacción Justicia

Jéssica cuenta que su vástago, de 14 años, le salvó la vida. La mujer estaba con su otra hija cuando su conviviente llegó borracho a casa y las amenazó con un machete.

El adolescente Ernesto (nombre protegido) agarró un cuchillo e hirió a su padre en el abdomen. El hombre, de 40 años, falleció en un hospital del sur de Guayaquil, la madrugada del domingo.

El fiscal John Camposano dijo que en versiones se conoció que el menor estaba cansado de los maltratos.

La casa donde ocurrió el homicidio está situada en la cooperativa Eloy Alfaro, cerca del sector de Las Malvinas.

El menor de edad fue retenido por el homicidio, pero no fue internado en un centro de adolescentes infractores, sino que debe cumplir con la medida de no salir del país, según información proporcionada por la Fiscalía de Guayas.

Richard Lozada, jefe subrogante de la Dirección de Policía Especializada en Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), informó que Ernesto se encuentra al cuidado de su madre. “Ella manifestó que constantemente sufría agresiones por parte de su esposo, pero que nunca se atrevió a denunciar”.

Durante la audiencia, familiares del fallecido aceptaron que Jéssica y sus hijos vivían en un ambiente violento, aunque los vecinos del barrio, en cambio, dijeron que no se percataron de los problemas.

De acuerdo con cifras de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida y Muertes Violentas (Dinased), hasta el 7 de noviembre de 2018 en Ecuador hubo 838 muertes violentas, de las cuales 95 se dieron por casos de violencia intrafamiliar.

El abogado Julio César Cueva explicó que la legítima defensa puede ser cuando la vida de uno o de un tercero está en riesgo, pero si se da en el mismo momento que es atacado. “Como ese es el caso se aplicaría la normativa en el menor. A partir de los 12 años una persona puede ser procesada, pero no con el Código Orgánico Integral Penal  (COIP), sino con el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia”.

Agregó que durante la instrucción fiscal se determina si hubo legítima defensa y dependiendo de eso el fiscal puede emitir un dictamen abstentivo o acusatorio. (I)

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