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El Telégrafo
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‘Silencio electoral’ arranca desde la medianoche de este jueves 2 de febrero de 2023 

Cuarenta y ocho (48) horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información o propaganda electoral (silencio electoral).
Cuarenta y ocho (48) horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información o propaganda electoral (silencio electoral).
Foto: CNE
02 de febrero de 2023 - 10:42 - Redacción Web

Desde la medianoche del jueves, 2 de febrero de 2023, hasta pasadas las 17:00 del domingo 5 de febrero regirá el ‘silencio electoral’. Esto implica que los candidatos y sus respectivos partidos o movimientos políticos no podrán hacer propaganda. 

Esta medida consta en el Código de la Democracia, en su artículo 207. “Cuarenta y ocho (48) horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas”. 

También está prohibida “la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación y medios digitales, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral así como la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa electoral”. 

Para las elecciones de este domingo, 5 de febrero de 2023, el Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó que la campaña durará 31 días. En este tiempo se realizó la promoción de las propuestas de trabajo de los 61.850 candidatos a las dignidades electorales, como alcaldía, prefecturas, concejalías urbanas y rurales y juntas parroquiales.

A estos se suman los 45 candidatos al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).  Ellos estaban impedidos de realizar propaganda en medios de comunicación y vallas. Sin embargo, estuvieron en provincias y presentaron sus propuestas en redes sociales. Y, las siete agrupaciones que hicieron campaña por el Sí y el No en la Consulta Ciudadana. 

La sanción

El incumplimiento de estas disposiciones constituyen una infracción electoral que será sancionada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). En el artículo 291 se explica que quien haga propaganda en los días que rige la prohibición será sancionado con una multa del 50% de la remuneración básica unificada (USD 225). 

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