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Contribuyentes ya pueden acogerse a la remisión tributaria

El Servicio de Rentas Internas (SRI) activó los sistemas para acceder a este beneficio de manera rápida y fácil.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) activó los sistemas para acceder a este beneficio de manera rápida y fácil.
Foto: EL TELÉGRAFO
22 de agosto de 2018 - 12:00 - Redacción Economía

Los contribuyentes que quieran acogerse a la remisión (condonación) de intereses, multas y recargos tributarios pueden hacerlo una vez que la Ley de Fomento Productivo se publicó en el Registro Oficial el 21 de agosto.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) activó los sistemas para acceder a este beneficio de manera rápida y fácil. Marisol Andrade, directora general, explicó que la noche del martes 21 de agosto, 80 contribuyentes ya enviaron sus declaraciones acogiéndose a la remisión.

La mañana de este miércoles 22 de agosto tuvieron consultas en sus diferentes agencias, especialmente de personas que deseaban acogerse a las facilidades de pago. 

La recaudación mínima estimada por esta medida voluntaria es de $ 774 millones hasta 2020. Este año se recuperarían $ 602 millones; en 2019, $ 115 millones; y $ 57 millones en 2020.

Galo Maldonado, director nacional jurídico del SRI, aclaró que para que los intereses, multas y recargos sean condonados, el deudor debe cancelar el total del monto pendiente y desistir de las impugnaciones administrativas y judiciales.

El contribuyente tampoco podrá iniciar acciones legales posteriores sobre las deudas canceladas bajo remisión.

El proceso se aplicará en dos grupos. En el primero se encuentran los grandes contribuyentes, miembros de grupos económicos y sujetos pasivos quienes deberán pagar el total de la deuda dentro de 90 días contados a partir de la publicación de la ley.

El segundo grupo, que incluye a las micro, pequeñas y medianas empresas, podrán pagar su deuda o solicitar un plan de pagos que contemplará cuotas mensuales dentro de un plazo de dos años.

Mauricio Lara, director de recaudación y asistencia al ciudadano del SRI, explicó que al beneficio acceden los contribuyentes con declaraciones de impuestos atrasadas o vencidas hasta el 2 de abril de 2018.

En el caso de las cuotas dentro del Régimen Impositivo Simplificado (RISE) se perdonará las cuotas vencidas hasta la fecha de publicación de la ley.

Pagos pendientes por matriculación vehicular también son parte de la remisión, mas no pueden acceder a facilidades de pago. Con la presentación de la matrícula del vehículo se podrá cancelar la deuda en toda la red de instituciones financieras del país.

El SRI también habilitará un sistema de pagos en línea que aceptará todas las tarjetas de crédito y débito que circulan en el país. La solicitud para acceder al plan de pagos también se  podrá gestionar de manera virtual.

En total son dos millones de contribuyentes los que podrán acceder a la remisión. La deuda tributaria global es de $ 4.700 millones. (I)

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