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Las bebidas energéticas también tendrán que modificar etiquetas

Las bebidas energéticas también tendrán que modificar etiquetas
21 de noviembre de 2013 - 00:00

Como parte del Reglamento Sanitario de Etiquetado de Alimentos de Consumo Humano que aprobó en días pasados el Ministerio de Salud, en coordinación con el de la Política Económica, está el establecimiento de varias prohibiciones para el etiquetado de las bebidas energéticas.

De acuerdo a la normativa, en el etiquetado de bebidas energéticas, que contengan cafeína, taurina y/o glucoronolactona, se deben incluir frases como “producto no recomendado para lactantes, niños, niñas, adolescentes, mujeres embarazadas, en período de lactancia, personas de la tercera edad, diabéticos, personas sensibles a la cafeína, personas con enfermedades cardiovasculares y gestrointestinales”.

Agrega que en el ‘sticker’ se deberá usar la frase “no consumir bebidas energéticas antes, durante y después de realizar actividad física, ni con bebidas alcohólicas”.

Además, el reglamento establece 14 prohibiciones para el etiquetado de los alimentos procesados, las cuales regirán luego de un año, toda vez que los industriales deberán adaptar sus etiquetas a lo que determina el reglamento. Sin embargo, este criterio no es compartido por los sectores involucrados. Dentro de la disposición se prohíbe “utilizar imágenes de personas o animales, reales o ficticias en productos con contenido alto o medio de componentes definidos por la autoridad”.

Al respecto de esta última prohibición, el director jurídico de la Cámara de Industrias y Producción, Xavier Sisa, manifiesta que esto le preocupa, ya que se estaría generando un gravamen adicional a ciertos productos que trasciende del etiquetado para impactar con su publicidad, lo cual está fuera del objeto del reglamento.

“Primero no entendemos el porqué de esta limitación, la cual excedería el tema de la información que se tiene que dar al consumidor, se está restringiendo el ejercicio a los derechos de propiedad intelectual, y el uso de imágenes reales o ficticias que han sido tradicionales de las marcas”, dice Sisa.

Pide que las autoridades analicen el tema y vean la posibilidad de una reforma al reglamento, o que se adopte algún tipo de medida que pueda apalear esta prohibición, “pensando que muchos de esos productos ya tienen un mercado consolidado y son de exportación, y que fuera del país son reconocidos por la imagen que ahora se está prohibiendo”, señala Sisa.

El reglamento da un plazo de 180 días contados desde su publicación en el Registro Oficial para que se acojan a esta medida las medianas y grandes empresas que fabrican, importan y comercialicen alimentos procesados y para las pequeñas empresas que importen.

El ministro de la Producción, Richard Espinosa, aclara que para la redacción del documento se debatió su contenido con el sector empresarial en forma técnica y profesional desde hace 3 años. Para cumplir con el objetivo del Reglamento se utilizará un etiquetado frontal basado en estándares internacionales.

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