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Clientes denuncian cobros adicionales

Clientes denuncian cobros adicionales
04 de noviembre de 2012 - 00:00

La Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS)  hizo un llamado a la ciudadanía para que denuncie el cobro adicional por el uso de las tarjetas de crédito en transacciones comerciales.

La denuncia la recepta la Subdirección de Atención al Usuario (SAU), área enfocada a proteger los derechos de las personas naturales y jurídicas frente a las instituciones controladas.

Un total de 4.471 reclamos contra el sistema financiero se ha  registrado en los últimos tres años en la SAU de la Superintendencia de Bancos. De acuerdo al informe legal de la Subdirección hasta el momento hay 847 denuncias.

La mayor cantidad de reclamos es por el cobro “indebido” por el uso de tarjetas. Según la Asociación Ecuatoriana de Bancos Privados, en el país existe un promedio de 2’200.000 tarjetahabientes.

Pero los reclamos de los ciudadanos no se quedan únicamente en la Subdirección de la entidad, sino que se han extendido a la Defensoría del Pueblo, que durante  10 meses del año ha recibido 403 denuncias contra 95 instituciones públicas y privadas, que tienen relación con la banca.

Miriam Córdova, quien utiliza la tarjeta Cuotafácil, que pertenece al Unibanco, señaló que en más de una ocasión le han cobrado intereses por encima de lo permitido y que desde el pasado mes, sin previo aviso, los bancos cambiaron la fecha para pagar los créditos que se obtienen con las tarjetas.  

Similar criterio tiene Irene Zavala, que anteriormente cancelaba el saldo de su tarjeta cada 24 y ahora son los primeros tres días del mes, lo cual la afectó económicamente.

Según la SBS, los ciudadanos tienen derecho a presentar su reclamo a esta entidad  siguiendo el procedimiento para la atención de los reclamos contra las instituciones del sistema financiero, contemplado en las normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.

En la resolución de la Junta Bancaria Nº JB-2012-2208 se determinó en el capítulo V, artículo 15: “La  obligatoriedad  del establecimiento de que el precio para el pago con tarjeta de crédito, será el mismo precio que al contado; y, que toda oferta, promoción, rebaja o descuento vigente para el pago al contado, será también exigible por el consumidor que efectúa pagos mediante el uso de tarjetas de crédito, salvo que se ponga en conocimiento del tarjetahabiente de manera oportuna y adecuado, en la publicidad o información respectiva y de manera expresa  lo contrario”.

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