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El Telégrafo

El impuesto ambiental

20 de junio de 2011 - 00:00

Una forma de estudiar la contaminación ambiental es la de la economía ambiental que la ve como externalidad negativa, esto es, un daño o un coste externo que genera una unidad económica a la sociedad afectando el bienestar general. La política de regulación ambiental, para enfrentar este problema, plantea el uso de estándares o normas ambientales (límites máximos de contaminación) o un enfoque basado en instrumentos económicos. Uno de estos es la aplicación del principio de quien contamina paga (Pigou) mediante el cobro de impuestos ambientales que deben cubrir los costes de la contaminación y con los recursos obtenidos desarrollar programas de descontaminación y recuperar el bienestar perdido por la sociedad  debido a la contaminación.

Hay distintos tipos de contaminación como la atmosférica, del agua, suelo, visual, acústica, desechos sólidos, etc. En el país la regulación ambiental está basada principalmente en estándares ambientales establecidos en leyes, reglamentos y normas para distintos tipos de contaminación. En 1976 se aprobó la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental; en 1991 se dicta el reglamento para la calidad del aire, en 1992 para el manejo de los desechos sólidos, etc. En 1999 se aprobó la Ley de Gestión Ambiental que establece que la autoridad ambiental es el Ministerio del Ambiente, a nivel nacional, y en las ciudades este puede delegar autoridad en los municipios. Existen suficientes leyes y reglamentos ambientales, sin embargo el control es insuficiente, la delegación de autoridad no funciona tan bien, falta promoción ambiental, etc.

Por otro lado, hay diferentes fuentes de contaminación y distintos contaminantes. En la de tipo atmosférico están las  fijas (industrias, viviendas); las móviles  (vehículos), etc., y cada una de estas fuentes puede emitir diferentes tipos de contaminantes. Con los desechos sólidos contaminan industrias, viviendas, comercio, agricultura, etc. En consecuencia, la regulación ambiental para ser efectiva debe ser integral y cubrir a todas las fuentes de contaminación.

Al  parecer, en el país, hay un giro en la política de regulación ambiental desde los estándares a instrumentos de viso económico, pues se ha comenzado a discutir sobre un impuesto ambiental a la contaminación atmosférica y a las botellas plásticas que terminan como desechos sólidos. La política regulatoria debe ser sólida, fundamentada e incluir aspectos técnicos en su aplicación.

Por ello, respecto al impuesto por contaminación atmosférica debe establecerse la unidad de contaminación (base impositiva), tasa  impositiva y control de las emisiones contaminantes. Hay otras medidas  como la instalación de convertidores catalíticos en los vehículos, biocombustibles, filtros,  etc. Debe haber  coherencia con el principio de quien contamina más debe pagar más.

En cuanto a las botellas plásticas, en Europa existe un sistema de depósito, devolución y retorno  de éstas. El consumidor paga  un valor que lo recupera cuando devuelve la botella. En este caso, el costo recae sobre el consumidor. Más bien, el productor debe ser responsable del ciclo del producto, cubrir el costo de la botella y reciclarla.

El consumidor debe recuperar dicho costo, incluido en el precio. Hay medidas alternativas o complementarias como el reciclaje obligatorio en las industrias,  envases biodegradables, retornables, etc.

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