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Jorge Glas, sentenciado a 6 años de prisión en caso Odebrecht

El Vicepresidente en el momento de su trasladado desde la Cárcel 4 hasta la CNJ para escuchar la sentencia.
El Vicepresidente en el momento de su trasladado desde la Cárcel 4 hasta la CNJ para escuchar la sentencia.
Fotoa: Álvaro Pérez / EL TELÉGRAFO
13 de diciembre de 2017 - 16:45 - Redacción Web

El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) sentenció este miércoles al vicepresidente de la República, Jorge G., a 6 años de prisión como autor del delito de asociación ilícita dentro de la trama de corrupción en el caso Odebrecht. 

En la lectura de las conclusiones del Tribunal, el juez ponente Édgar Flores indicó que en base a lo expuesto durante el juicio, el Vicepresidente sería autor "principal", porque tuvo el dominio del hecho al ser el responsable de los proyectos emblemáticos. 

La misma sentencia de 6 años se dispuso para Ricardo R., tío del Segundo Mandatario; Édgar A.; Carlos V. y Ramiro C., por su participación también en calidad de autores del delito.

Durante la audiencia- que duró 14 días- la Fiscalía había pedido 6 años de prisión (máxima pena) para estos procesados, basada en el artículo 370 del Código Penal anterior, que estaba vigente al momento de cometerse la infracción.

Foto: Miguel Jiménez / EL TELÉGRAFO

A decir de los magistrados, la Fiscalía probó que los sentenciados se asociaron ilícitamente para obtener un beneficio económico en 5 proyectos estratégicos: Poliducto Pascuales-Cuenca, Trasvase Daule-Vinces, Proyecto Hidroeléctrico Manduriacu, Refinería del Pacífico-Movimiento de Tierras y Acueducto La Esperanza.

Flores señaló que Jorge G. "articuló con José Conceição Santos (exejecutivo de Odebrecht) la concesión de contratos públicos a cambio de pagos". Añadió que se tomaron en cuenta para la resolución la asistencia internacional del Departamento de Justicia de Estados Unidos, las declaraciones de Conceição Santos, entre otros elementos.

Mientras que para Gustavo M., José T. y Képler V., el Tribunal dictó hoy 14 meses de prisión, acogiendo el pedido de la Fiscalía de sanción reducida  en 80% a la pena que se imponga a los demás autores del delito de asociación ilícita, en cumplimiento del artículo 491 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que habla sobre la cooperación eficaz. 

Además, el Tribunal ratificó el estado de inocencia de Diego C. y dispuso se levanten las medidas cautelares que pesan en su contra. En el juicio la Fiscalía se abstuvo de acusarlo.

En cuanto a la reparación integral material, los jueces dispusieron se realice el pago de $ 33' 396.116 por parte de los sentenciados. 

Asimismo, el Tribunal ordenó la investigación penal de la persona jurídica de Odebrecht por los hechos presumiblemente constitutivos de delitos a partir del 10 de agosto de 2014, fecha en la que entró en vigencia el COIP.

Jorge G. pasa a ser así el funcionario en activo de mayor rango en América Latina en ser sancionado por la trama de coimas de Odebrecht, que golpeó los círculos del poder y la política al salpicar a exmandatarios como el brasileño Luiz Inácio Lula da Silva.

Tras conocer la sentencia, el abogado del Vicepresidente, Eduardo Franco, la calificó como "inicua y bárbara" pues se ha pretendido "revivir el Código Penal anterior". 

El jurista, quien negó que se haya comprobado el delito de asociación ilícita por parte de su cliente, aseguró que no se ha dado cumplimiento con el artículo del COIP donde se debe aplicar una ley posterior más benigna. (Título V, Ámbitos de Aplicación, artículo 16 literal Artículo 16 literal 2: Se aplicará la ley penal posterior más benigna sin necesidad de petición, de preferencia sobre la ley penal vigente al tiempo de ser cometida la infracción o dictarse sentencia). 

Franco recordó que "habíamos pedido una demanda de recusación y nunca fue aceptada; nos dijeron que había sido archivada porque no se había pagado la caución".

Sobre la apelación, el jurista acotó que "vamos a esperar que la sentencia sea notificada en el casillero y luego será apelada; pero hoy mismo, por el principio de favorabilidad, pediremos la suspensión de la pena, con la finalidad de que el Vicepresidente de la República pueda obtener su libertad, ya que según el COIP la pena mayor es de 5 años. Insisto, una ley posterior más benigna debe ser aplicada sobre la ley en la cual debe ser aplicada".

Franco reiteró también que Jorge G. no renunciará a la Vicepresidencia. 

Mientras que el fiscal general del Estado, Carlos Baca Mancheno, sostuvo que el fallo del Tribunal es el resultado de un "trabajo en equipo". Dijo que la Fiscalía "ha cumplido con su deber con el país". 

"Este es un momento que refuerza y fortalece el trabajo que la Fiscalía debe continuar haciendo para beneficio de todos los ciudadanos", apuntó. 

Baca explicó que la decisión judicial ha dispuesto que la Fiscalía abra nuevas investigaciones sobre otras infracciones, muchas de las cuales "ya se encuentran abiertas en indagaciones y otras se abrirán conforme lo ha ordenado la administración de justicia".

Mientras, en los exteriores de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) se registraban incidentes entre manifestantes a favor y en contra de la sentencia impuesta al Segundo Mandatario.

Apelaciones

Luego de la sentencia →El proceso penal en contra del vicepresidente  no termina con la decisión del Tribunal Penal. Cualquiera de las partes puede presentar los recursos para que se amplíe o aclare la resolución. Además, pueden apelar el fallo.

La segunda instancia →El proceso pasará a la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia para conocer las apelaciones. Los jueces que conocerán el caso serán elegidos mediante un sorteo entre los magistrados permanentes y los conjueces.

El derecho a la casación →El proceso penal no termina con la resolución de la segunda instancia. El juicio podrá ser llevado a casación por cualquiera de las partes involucradas. Este expediente será tratado nuevamente por los miembros de la Corte Nacional de Justicia.

La Corte Constitucional →La Carta Magna permite a una persona presentar un recurso de protección ante una sentencia judicial a la Corte Constitucional. Esta es la última instancia del juicio. Luego de esto solo quedan los tribunales internacionales de DD.HH. (I)

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