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El 90% de los trabajadores de una empresa europea que se instale en el país debe ser local

El 90% de los trabajadores de una empresa europea que se instale en el país debe ser local
03 de enero de 2017 - 00:00 - Redaccion Economía

Desde el domingo pasado entró en vigencia el protocolo de adhesión de Ecuador al Acuerdo de Comercio Multipartes (ACM) suscrito entre la Unión Europea (UE), Colombia y Perú en 2012. Dicho convenio contiene normativas que abarcan a los tres países andinos signatarios y que están inscritas en ‘el cuerpo’ del ACM. No obstante, cada país negoció condiciones particulares para la aplicación de las normas generales. Estos compromisos diferenciados aparecen en ‘los anexos’ al protocolo de adhesión y abarcan temas que rebasan los ámbitos restringidos de la política comercial.

“Ecuador no había suscrito este tipo de acuerdos”, dijo Daniel Legarda, presidente ejecutivo de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), quien explicó que el ACM es un compromiso multilateral de ‘tercera generación’ porque rebasa el intercambio tradicional de mercancías físicas e involucra también normativas sobre servicios, compras públicas, propiedad intelectual e inversión.

La negociación de servicios siguió los lineamientos de la OMC

Ecuador negoció las normas sobre servicios tomando como referencia los compromisos asumidos por el país con la OMC en 1996.

Por ello, se entiende por ‘servicio’ a cualquier elemento intangible que pueda ser transado entre personas naturales o jurídicas y cuya característica principal es que su producción y consumo suceden simultáneamente, pues no pueden ser almacenados.

En materia de servicios financieros, el Estado ecuatoriano reservó su derecho a tres tipos de decisiones: ‘medidas prudenciales’ para mantener la seguridad, solidez, integridad o responsabilidad de los proveedores de servicios; ‘medidas de salvaguardia’ para movimientos de capital por un período no mayor a un año; y ‘medidas de excepción general’ relativas a pagos corrientes y movimientos de capital con propósitos de protección de la vida y salud humana y ambiental.

También en los anexos al protocolo de adhesión al ACM, Ecuador estableció ‘restricciones horizontales’ para el mercado de servicios, es decir, limitaciones para la prestación de servicios por parte de agentes europeos en todas las gamas de servicios. A continuación, se sintetizan tales restricciones.

Inversión y prestación de servicios en los sectores estratégicos

Para proveer servicios en los sectores estratégicos ecuatorianos, las empresas de países de la Unión Europea deberán obtener previamente derechos de concesión, licencias, autorizaciones u otros títulos habilitantes de conformidad con la legislación nacional y, a su vez, deberán sujetarse a la aprobación de las autoridades competentes.

Contratación de trabajadores extranjeros y ecuatorianos

Si una empresa europea opera en el país con la colaboración de más de 10 empleados, el 90% de su planta laboral deberá estar conformada por mano de obra ecuatoriana.

Seguridad esencial, propiedad de tierras y concesiones hídricas

Ecuador no admitirá la fabricación, importación, tenencia y uso de armas químicas, biológicas y nucleares. También se prohibió la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al país.

En las áreas geográficas consideradas como zonas de seguridad nacional, las personas naturales o jurídicas europeas no podrán adquirir, a ningún título, tierras con fines de explotación económica.

Representación legal de empresas comunitarias y régimen tributario

Las empresas provenientes de países de la UE deberán tener un apoderado o representante legal que resida en Ecuador y que pueda contestar las demandas y cumplir las obligaciones respectivas.

En materia tributaria, además de reconocer facultades de orden público amplias, la adhesión ecuatoriana al ACM reiteró la compatibilidad del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) con dicho convenio.

Economía popular y solidaria

Ecuador mantiene el derecho para establecer medidas que otorguen un tratamiento preferencial y diferenciado a este sector, el cual incluye actividades cooperativistas, asociativas y comunitarias.

Soberanía alimentaria, desarrollo rural, comercio justo y patrimonio

Ecuador podrá regular e introducir reglamentaciones para promover la producción sustentable y el comercio justo de bienes agrícolas; proteger y desarrollar la soberanía alimentaria; mejorar las condiciones económico-sociales de agricultores y comunidades rurales; y conservar y restaurar suelos cultivables.

También el país reservó su derecho para aplicar políticas que otorguen preferencias a las comunidades locales con relación a su patrimonio cultural y natural. (I)

La cuota de la  UE no preocupa  a los lecheros

Los ganaderos ecuatorianos consideran al Acuerdo Comercial Multipartes (ACM) con la Unión Europea (UE) como una oportunidad para innovar y expandirse.

Actualmente, el sector lácteo nacional enfrenta una situación de desequilibrio entre la oferta y la demanda domésticas.

Los niveles de consumo son inferiores a los promedios requeridos por la industria y avanzan con lentitud. En Ecuador, cada año, se consumen 100 litros de leche por habitante, cuando lo que requeriría la industria es un consumo de 150 litros. Por el otro lado, en cambio, la producción de leche crece a un ritmo acelerado de 5,5 millones de litros diarios. El resultado es un mercado doméstico saturado.   

Ahí es donde está la oportunidad para  remediar esa situación con la aplicación del acuerdo con la Unión Europea, porque supone una puerta abierta hacia más consumidores. A criterio de Juan Pablo Grijalva (foto), gerente general de la Asociación de Ganaderos de la Sierra y Oriente (AGSO), los productores deben aprovechar que la leche ecuatoriana tiene mejor calidad que el producto europeo debido a la alimentación natural que recibe el ganado nacional.

Por los 120 elementos que se pueden extraer de la bebida, Grijalva no solo ve nichos en el mercado de productos alimenticios, sino también en la rama farmacéutica.

Pero para llegar a esto, dice, primero hay que consolidar una producción eficiente e industrializada, con mejor rendimiento del campo.

Según la AGSO, alrededor de 1’500.000  personas dependen de esta actividad directa e indirectamente. Los términos negociados en el ACM protegen a la producción nacional y proporcionan previsibilidad comercial (ver infografía).

“Incluso si toda la cuota que le corresponde a la UE la convertimos en leche líquida, la cantidad de leche llegaría a 29.000 litros por día. Esta magnitud no tendrá un efecto negativo en nuestro mercado interno”, aclaró, y agregó que las empresas ecuatorianas deberán ampliar su capacidad, lo que favorecerá a los pequeños proveedores. (I)  

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