Las Reformas al código civil fueron publicadas en el registro oficial
Los menores de edad ya no se pueden casar
Con la publicación en el Registro Oficial 526, la Ley Reformatoria al Código Civil entró en vigencia ayer, lo cual significa que los ecuatorianos -hombres y mujeres- pueden casarse a partir de los 18 años y la administración de los bienes conyugales se establecerá en el acta matrimonial; además, el reconocimiento de un hijo se determinará con la única prueba del ADN.
Esta semana la Asamblea debatió el veto parcial del Ejecutivo a 6 artículos de la Ley Reformatoria al Código Civil y una vez que ratificó 4 disposiciones legales y aceptó a la objeción presidencial en los artículos 40 y 57, se remitió al Registro Oficial el texto para su publicación. Las reformas se difundieron ayer en el segundo suplemento especial.
En la normativa se disminuye el tiempo de un año a 6 meses ininterrumpidos para el abandono injustificado de cualquiera de los cónyuges como causal de divorcio; además, se instituye como estado civil la unión de hecho.
El cuerpo legal determina también como causales de divorcio el adulterio de uno de los cónyuges; los tratos crueles o violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, el estado habitual de falta de armonía de las 2 voluntades en la vida matrimonial, las amenazas graves de un cónyuge contra la vida del otro.
La parlamentaria Marisol Peñafiel expresó que las reformas al Código Civil constituyen un avance significativo y sustancial en la legislación ecuatoriana. (I)