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La boletas de auxilio son recurrentes en casos de violencia contra la mujer y el núcleo familiar
Las medidas de protección incluyen la instalación del botón de alerta
De las 12 medidas de protección establecidas en el artículo 558 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), 9 están orientadas hacia casos de violencia contra la mujer y el núcleo familiar (sean delitos o contravenciones), explicó Abelardo Albornoz, director de Gestión Procesal del Consejo de la Judicatura (Guayas).
La más aplicada por los jueces es la boleta de auxilio, que tiene como fin salvaguardar a la víctima a fin de evitar que se produzcan hechos que afecten su integridad física, sicológica o sexual; esto se lo consigue con la colaboración de un agente del orden, acotó Albornoz.
Un caso reciente es el de Edith Bermeo (Sharon), a quien el día de su muerte entre sus pertenencias le encontraron un documento girado en contra de su conviviente Geovanny L., quien enfrenta un proceso penal.
“El policía puede hacer que el agresor se aleje o sea detenido si es que tiene un proceso pendiente. Es la más utilizada por los jueces, porque implica que no se acerque a la víctima si comete alguna acción de amenaza”, dijo Albornoz.
Georgina Toral, jueza de la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y la Familia, explicó que para otorgar dicha medida, u otras, el afectado debe presentar la denuncia, pasar por los exámenes médicos y sicológicos de verificación.
Si ambas partes están presentes, se cumple con el proceso y se dicta sentencia; cuando el demandado no está, se lo cita para que comparezca, manifestó Toral, pero, explicó, las medidas de protección se conceden desde el primer momento.
“La boleta de auxilio es para prevenir (...) en el momento en que el agresor quiera cometer otros actos de violencia, la víctima tiene que mostrarla a la Policía para que le dispense auxilio”, dijo.
También, informó que en el artículo 559 del COIP se establece el uso de dispositivos electrónicos como una forma de prevención complementaria. Un ejemplo, es el botón de seguridad que se activa en la tecla número 5 de los celulares, que envía una señal de alerta de las Unidades de Policía Comunitaria (UPC) más cercana al domicilio; de éstos pueden hacer uso la víctima o los testigos.
Al respecto, Gina Godoy, vicepresidenta de la Mesa de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea Nacional, expresó que lo ideal es que la víctima esté enlazada al sistema en su entorno inmediato, es decir no solo en su casa, sino en el lugar de trabajo, estudio, etc.
Godoy agregó que es deber de todos los representantes de las instituciones del orden (Comisión de Tránsito, Fuerzas Armadas, etc.) y del ciudadano común prestar su colaboración a una víctima que se encuentre en riesgo, tenga o no boleta de auxilio.
“Hemos tenido casos de femicidio en que las boletas de auxilio no han servido para nada, debemos ser más sensibles (...) los hombres y mujeres debemos fijarnos en los otros hombres y mujeres que son agresores y víctimas para evitar que cometan actos violentos y que cumplan con un proceso de recuperación y tengan asistencia terapéutica”, enfatizó.
Otras medidas de protección
Las modalidades incluyen las prohibiciones a la persona procesada de concurrir a determinados lugares, de que se acerque a la víctima, de perseguirlas o intimidarlas directa e indirectamente; además, establece que el procesado salga de la vivienda si la convivencia implica un riesgo, para que la víctima se reintegre.
A esto se suma la privación al agresor de custodiar a los agredidos (niños o discapacitados); la suspensión del permiso de porte o tenencia de armas (de tenerlo); y finalmente que se fije una pensión para la subsistencia de los afectados y que reciban tratamiento correspondiente.