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El Telégrafo
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Videoaudiencias disminuyen los riesgos de fuga y aplazamientos

Videoaudiencias disminuyen los riesgos de fuga y aplazamientos
09 de marzo de 2020 - 00:00 - Redacción Justicia

Los implicados en el asesinato de una madre y su hija no salieron de la cárcel para testificar en contra de la principal sospechosa, hija y hermana de las víctimas. Bastó que fueran a una sala especial dentro del centro penitenciario y se pusieran frente a una cámara para contar lo que sabían durante la audiencia de juicio.

Los testimonios fueron clave para que a finales de 2019, Vanessa E.C. fuera sentenciada a 34 años y seis meses de prisión por asesinato.

El número de audiencias a través de videoconferencias aumentan cada año en Ecuador. De acuerdo con cifras del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) en 2017 hubo 9.004; en 2018, 9.810 y en 2019, 11.460.

La mayor cantidad se llevó a cabo en los Centros de Rehabilitación Social de Cotopaxi y Guayaquil tanto en la Penitenciaría como en la Regional. (ver infografía).

El SNAI revela que bajó el número de audiencias fallidas usando este método. Por ejemplo, en 2019 hubo 38; en 2018, 52; y 2017, 98.

El fiscal César Peña manifestó que “por principios de celeridad los jueces, a pedido de Fiscalía, defensa o acusación particular, disponen la comparecencia por videoconferencia de testigos, procesados o víctimas”.

La modalidad consta en el artículo 565 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en vigencia desde 2014.

La normativa indica que estas pueden realizarse por razones de cooperación internacional, seguridad o utilidad procesal y en aquellos casos en que sea imposible la comparecencia, previa autorización del juzgador.

Pero se precisan tres reglas: la comunicación debe ser oral y simultánea y quien interviene puede mantener conversaciones en privado con su defensor.

La comunicación debe ser real directa y fidedigna, en imagen y en sonido; y el juez adoptará medidas que sean indispensables para garantizar el derecho a la defensa y el principio de contradicción.

“Para la agilidad de los procesos ha resultado muy oportuno este sistema, a fin de aplicar la justicia de manera inmediata”, dijo Peña.

El juez de Garantías Penales, Abraham Cheing, coincidió que el uso de la herramienta es un avance importante, ya que, por ejemplo, se optimizan recursos.

“Pero sí es una realidad que suelen existir fallas en el sistema. Las habitaciones desde donde comparecen los privados de la libertad deben adecuarse para aislar el sonido y se evite el eco”.

Agregó que hay mecanismos económicos, como el uso de cubetas de huevos en las paredes.

El juez dijo que la forma de comunicarse cada vez es más fácil y consideró que hacer videollamadas desde celulares es una opción, siempre con alguien que maneje adecuadamente los equipos.

El 27 de enero de 2020, Edmundo Moncayo, director de la SNAI y María del Carmen Maldonado, presidenta del Consejo de la Judicatura (CJ), firmaron un convenio de cooperación interinstitucional para asegurar la realización de las audiencias a través de medios telemáticos.

Moncayo se comprometió a entregar a la Función Judicial equipos de comunicación para realizar de forma más segura las diligencias.

“Nos soluciona los problemas administrativos de traslado porque necesitamos vehículos y conductores suficientes”, manifestó.

María del Carmen Maldonado, presidenta del Consejo de la Judicatura, precisó que en Ecuador, hasta diciembre, la población de privados de libertad era de 40.000.

“El 40% tiene prisión preventiva y es necesario mejorar los procedimientos para la efectiva realización de audiencias”, sostuvo.
Asimismo destacó que además se precautela la integridad de servidores judiciales, personal policial y procesados. “Hemos registrado incluso accidentes de tránsito en estos traslados”. (I) 

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